Con 67 votos en pro y 30 en contra, el pleno del Senado aprobó reformas a la Ley de Amparo y a la Ley Reglamentaria de las fracciones I y II del artículo 105 de la Constitución, para armonizar estos ordenamientos con las modificaciones a la Ley Suprema relativas al Poder Judicial.
La minuta se envió a la Cámara de Diputados para los efectos legislativos que correspondan, órgano que ya cerró su periodo de sesiones del primer año.
Enrique Inzunza, presidente de la comisión de Estudios Legislativos, explicó que estas reformas materializan los objetivos de la reforma al Poder Judicial, consolidan un sistema judicial más eficiente, transparente e incluyente, y sientan las bases para impartir una justicia pronta, expedita y protectora de los derechos de las personas.
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María de Jesús Díaz, del PAN, acusó que al restringir los mecanismos de control constitucional, se debilita el contrapeso del Poder Judicial sobre las leyes y actos del Ejecutivo e implica que ciertas reformas podrían aprobarse sin estudio adecuado, pues, explicó, el control constitucional tiene una función tanto preventiva como correctiva.
Por el PRI, Claudia Anaya advirtió que quitar los efectos generales a las sentencias de juicios de amparo constitucionales impedirá que las minorías tengan acceso a la justicia y que sólo los más ricos puedan acceder a ella; “no quieren que la gente pobre tenga acceso a la justicia”, lamentó.
Con la reforma a la Ley de Amparo, reglamentaria de los artículos 103 y 107 de la Carta Magna, se precisa la reducción de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) de 11 a nueve integrantes.
No obstante, se dispone en los artículos transitorios que hasta en tanto las ministras y ministros electos tomen protesta de su encargo ante el Senado el 1 de septiembre de 2025, la Corte se regirá por las reglas de votación contenidas en la Ley de Amparo, vigente con anterioridad a la publicación del decreto.
En el artículo 73 se establece que, tratándose de juicios de amparo que resuelvan la inconstitucionalidad de normas generales, en ningún caso las sentencias que se dicten fijarán efectos generales.
También de adecua la terminología usada en el texto de la ley a los conceptos establecidos en el texto constitucional vigente, como Tribunal de Disciplina Judicial, Órgano de Administración Judicial (antes Consejo de la Judicatura Federal), entre otros, y se derogan las disposiciones relativas a las dos salas.
Asimismo, la iniciativa propone ajustar las disposiciones normativas empleando lenguaje incluyente, y se actualizan denominaciones vigentes como Ciudad de México (antes Distrito Federal) o Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares (antes Código Federal).
El pleno deliberó sobre el dictamen por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley Reglamentaria de las fracciones I y II del artículo 105 de la Constitución. La propuesta busca armonizar la ley, con lo previsto en la reforma sobre la inimpugnabilidad de las adiciones o reformas a la Constitución Política, que fueron publicadas el 31 de octubre pasado en el Diario Oficial de la Federación.
El objetivo es adecuar diversas porciones normativas al texto constitucional vigente, entre las que destacan: Incorporar un lenguaje incluyente, establecer la posibilidad de que las partes reciban la notificación de una resolución por
vía electrónica.
Ratifican a cónsul
Con 65 votos a favor, 22 en contra y 5 abstenciones, el pleno del Senado avaló la designación del exgobernador de Chiapas como cónsul general de México en Miami, Florida, tras lo cual rindió protesta.