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Empleó una línea argumentativa tendente, dicen

TEPJF: Ejecutivo coaccionó el voto en favor de Morena

El pleno de la Sala Especializada asegura que las mañaneras del 9 y 11 de mayo de 2023 tuvieron un impacto electoral; también señalan a abanderada, vocero, titular del Cepropie...

Sesión del TEPJF.Foto: Cuartoscuro
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La Sala Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) determinó que el Presidente Andrés Manuel López Obrador, coaccionó el voto de la ciudadanía, realizó promoción personalizada, usó recursos públicos indebidamente y difundió propaganda gubernamental en periodo electoral prohibido.

Lo anterior, derivado de las expresiones emitidas en las conferencias mañaneras realizadas los días 9 y 11 de mayo de 2023, donde aludió al denominado “Plan C” y a la necesidad de alcanzar una mayoría calificada en las dos cámaras del Congreso de la Unión para continuar el movimiento de la Cuarta Transformación.

El pleno de la Sala Especializada consideró que dichas expresiones tuvieron un impacto electoral, pues se trató de llamados a votar en favor de una sola opción política, Morena, y en contra de otras como el PRI y PAN, con lo cual pretendió influir en las preferencias de la ciudadanía.

Es existente el uso indebido de programas sociales y coacción al voto por parte del titular del Poder Ejecutivo federal, ya que empleó una línea argumentativa tendente a condicionar la vigencia o beneficios de programas sociales a que una determinada opción política obtenga la mayoría calificada en el Congreso de la Unión

Sala Especializada del TEPJF

La entonces jefa de Gobierno de la Ciudad de México, Claudia Sheinbaum, también fue responsabilizada de vulnerar principios constitucionales, por realizar manifestaciones relacionadas con los comentarios del Presidente en una conferencia de prensa.

Por esta conducta también fueron señalados Jesús Ramírez, coordinador de Comunicación Social y vocero de la Presidencia; Sigfrido Barjau de la Rosa, titular del Centro de Producción de Programas Informativos y Especiales (Cepropie); Jenaro Villamil, titular del Sistema Público de Radiodifusión del Estado Mexicano (SPR); Jessica Ramírez, directora general de Comunicación Digital y Pedro Daniel Ramírez, jefe de departamento adscrito a la citada Coordinación.

Todos los funcionarios mencionados incurrieron también en uso indebido de recursos públicos, porque son las responsables de la transmisión y difusión de las “mañaneras” y emplearon recursos humanos y materiales para ello.

El coordinador de Comunicación Social y el titular de CEPROPIE incurrieron, a su vez, en difusión de propaganda gubernamental en periodo prohibido.

Morena, PT y PVEM no obtuvieron un beneficio indebido por estas conductas, pues no se acreditó que tuvieran conocimiento de las conductas denunciadas y omitieran desplegar acciones para que cesaran sus efectos.

A pesar de las faltas cometidas, la Sala Especializada recordó que López Obrador no puede ser sancionado por infracciones de índole electoral, únicamente se declara su responsabilidad, de acuerdo con criterios emitidos por la Sala Superior del TEPJF.

En el caso de Sheinbaum Pardo, se dio vista al Congreso de la Ciudad de México para que determine lo que en derecho corresponda; en el de Villamil Rodríguez, al Órgano interno de Control del SPR, y en el caso del resto de las personas servidoras públicas, al Órgano Interno de Control de la Presidencia de la República.

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FGR