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Poder Judicial

Asociación Internacional de Jueces se pronuncia contra Reforma al Poder Jucial

Consideran que “interfiere con principio de seguridad”; solicitaron al ejecutivo mexicano recosiderar paquete de reformas

La Asociación Internacional de Jueces, con sede en Roma, se pronunció en contra de la reforma judicialFoto: Especial
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La Asociación Internacional de Jueces, con sede en Roma, se pronunció en contra de la reforma judicial, luego de que aseguran el Comité de Presidencia de la Asociación Internacional de Jueces ha sido informado de los acontecimientos ocurridos en México respecto del estatuto de los jueces, dicha asociación dice que esta reforma “interfiere con el principio de seguridad”.

Por lo anterior la asociación dijo: “Solicitamos al Ejecutivo mexicano que reconsidere su actual Plan de Reformas”, también hacen una invitación para que la comunidad internacional se una para proteger la independencia de los jueces.

En el documento el organismo señala que están enterados que en México se gesta la elección de jueces por voto popular, sin tomar en cuenta detalles como cualificaciones profesionales de los candidatos y procedimientos electorales, incluida la financiación y las campañas.

Señalaron como “grave” la sustitución del Consejo de la Judicatura Federal (CJF). “El CJF, que supervisa y supervisa la disciplina de los jueces y garantiza la autonomía, la objetividad y la profesionalidad, sería reemplazada por dos nuevos órganos: el Órgano de Administración Judicial compuesto por cinco miembros designados por el presidente y el control interno del poder judicial; y e otro órgano el Tribunal de Disciplina Judicial, compuesta por 5 miembros elegidos por voto popular por períodos de 6 años”.

La Asociación Internacional de Jueces, con sede en Roma, se pronunció en contra de la reforma judicialFoto: Captura de pantalla

Señalan que para el Comité, esta reforma necesita referirse a documentos internacionales que ya han establecido estándares para cuestiones importantes de independencia judicial.

“Principios Básicos sobre la Independencia del Poder Judicial Adoptados por la Séptima Organización de las Naciones Unidas; Congreso sobre Prevención del Delito y Tratamiento del Delincuente celebrado en Milán a partir del 26 de agosto al 6 de septiembre de 1985 y respaldado por las resoluciones de la Asamblea General 40/32, de 29 de noviembre de 1985 y 40/146, de 13 de diciembre de 1985, son algunos de ellos”, se señala en el documento que hace mención de porque no es viable esta reforma.

El organismo señala que el Consejo de la Judicatura debe ser completamente independiente de otros poderes del Estado. Debe estar compuesto por una mayoría de jueces elegidos por sus pares, según procedimientos que garanticen su mayor representación.

Asimismo mencionan que el Consejo de la Judicatura puede tener miembros que no sean jueces, con el fin de representar la variedad de la sociedad civil. Para evitar sospechas, dichos miembros no pueden ser políticos. Deben tener las mismas calificaciones en términos de integridad, independencia, imparcialidad y habilidades de los jueces.

“Visiblemente a los principios antes mencionados aplicados a las reformas bajo consideración por el ejecutivo en México, el Comité de Presidencia de la Asociación Internacional de Jueces, en representación de 92 asociaciones de jueces en prácticamente todos los continentes afirmamos que introducir el voto popular como decisión final y decisiva en el proceso de nombramiento de jueces está en contravención del principio de que los jueces deben ser nombrados sobre la base del mérito y criterios objetivos”, señalan.

Dicha asociación concluye diciendo que la reforma judicial debe ser coherente con principios de derecho bien establecidos y universalmente aceptados y que la independencia judicial para preservar el derecho de los ciudadanos a acceder a tribunales independientes sólo pueden ser protegidas “por jueces independientes y libres de influencias externas, presiones y miedos”.

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LMCT