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Corte avala penas de hasta 60 años de prisión por lesiones dolosas por razones de género

Determinó que la medida no viola el principio de proporcionalidad establecido en la Constitución; los ministros reiteraron que los estados pueden establecer sanciones de acuerdo con su incidencia delictiva y política criminal

El Pleno de la SCJN validó la medida.Foto: Especial
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El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) validó una disposición del Código Penal de Aguascalientes, para imponer penas de 40 a 60 años de prisión por el delito de lesiones dolosas, cometidas por razones de género.

En la sesión remota del 2 de junio de 2020, el Pleno resolvió la acción de inconstitucionalidad 125/2017, referente al artículo 107, fracción V, párrafo tercero, del Código Penal de Aguascalientes, que dice que "en caso de que las lesiones dolosas se cometan por razones de género (…) se aplicará al responsable de 40 a 60 años de prisión".

Al respecto, la Corte determinó que no viola el principio de proporcionalidad de las penas establecido en el artículo 22 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Los ministros aclararon que las entidades federativas pueden establecer sanciones penales de acuerdo con su incidencia delictiva y política criminal; pues, si fueron establecidas por una alta incidencia delictiva, cuyo objetivo es disuadir y castigar con mayor rigor estos hechos, el examen constitucional de tales penas también debe tomar en cuenta este factor.

Por su parte, la ministra Yasmín Esquivel Mossa destacó en su intervención que en el Informe Sobre Violencia Contra las Mujeres, entre el periodo del 1 de enero al 30 de abril de 2020, de acuerdo con datos del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública, se dio a conocer que dentro de las personas afectadas por el delito de lesiones dolosas en el país, un 58 por ciento de las víctimas fueron mujeres.

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