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Con una votación de 3 a favor y 2 en contra

TEPJF exonera a Arturo Zaldívar por apoyo anticipado a Claudia Sheinbaum

La Sala Superior del TEPJF determinó que el exministro Arturo Zaldívar no incurrió en actos anticipados de campaña, uso de recursos públicos y posible vulneración de los principios de imparcialidad, neutralidad y equidad

El exministro de la Corte, el pasado 30 de enero.Foto: Cuartoscuro
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Con una votación de tres a favor y dos en contra, la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) determinó que el exministro Arturo Zaldívar no incurrió en actos anticipados de campaña, uso de recursos públicos y posible vulneración de los principios de imparcialidad, neutralidad y equidad en la contienda federal al apoyar a la morenista Claudia Sheinbaum.

El máximo órgano de justicia electoral dejó sin efecto la queja presentada en contra de Zaldívar ante la Unidad Técnica de lo Contencioso Electoral del INE, el 21 de noviembre de 2023, luego de que fue acusado de apoyar a Sheinbaum cuando aún estaba en funciones como ministro de la Corte.

La magistrada ponente, Mónica Soto, al defender su proyecto que no compartieron y votaron en contra Janine Otálora y Reyes Rodríguez, señaló que el INE no es una autoridad competente para resolver sobre actos de las o los ministros de la Corte, quienes están bajo un régimen de excepción.

“La Unidad Técnica de lo Contencioso Electoral del Instituto Nacional Electoral carece absolutamente de competencias para investigar los hechos que se le imputan a este ministro, y a cualquier ministro o ministra de la SCJN”, dijo.

Expuso que el día de la reunión, Zaldívar presentó su renuncia a la Corte, ésta fue aceptada una semana después, por lo que se mantenía en el régimen especial que tienen los integrantes de la SCJN. “De ninguna manera un órgano electoral como es el INE puede intervenir, en eso si quiero ser enfática”, expresó.

Rodríguez Mondragón al justificar su voto en contra del proyecto, planteó que el caso se enviara a la Corte para determinar las competencias de cada parte. “Mi diferencia es que, en efecto, aquí no se debería abordar el asunto, invadiendo la facultad que tiene la Corte para definir sus propias competencias”, justificó.

Janine Otálora, quien también votó en contra, solicitó realizar una consulta a la Suprema Corte para determinar quién tiene la competencia de resolver este asunto.

Sin embargo, la magistrada Soto Fregoso afirmó que el TEPJF “no tiene que preguntar a nadie qué hacer”, pues se trata de un tema de autonomía e independencia del Tribunal, apuntó.

El magistrado Reyes Rodríguez dejó claro que el tema no tenía que ver con la independencia y autonomía del TEPJF, sino “con aplicar la ley”.