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Arturo Damm Arnal

20% (3/3)

PESOS Y CONTRAPESOS

Arturo Damm Arnal
*Esta columna expresa el punto de vista de su autor, no necesariamente de La Razón.
Por:

Sumamos tres años, de 2021 a 2023, con aumentos al salario mínimo de 15%, 22% y 20%, y con reducciones en la tasa de desempleo, como porcentaje de la Población Económicamente Activa, del 4.5, 21.4 y 15.2, lo cual desmiente lo que se afirma en el típico curso básico de economía: que el salario mínimo ocasiona desempleo y que sus aumentos generan más desempleo. ¿Por qué?

Una parte de la explicación, como lo aclaré en el anterior Pesos y Contrapesos, la tenemos en la banda de fluctuación del precio, en este caso del salario, que es el precio del trabajo: si el salario mínimo se encuentra, y sus aumentos se dan, dentro de los límites de la banda, la cantidad ofrecida de trabajo, de parte de los trabajadores, y la demandada, de parte de los empleadores, será la misma, no generándose desempleo. (Dicho sea de paso: si el salario mínimo se encuentra dentro de los límites de la banda de fluctuación, estrictamente hablando, no se trata de un salario mínimo, impuesto por el gobierno por arriba del salario de equilibrio. Cualquier salario, dentro de los límites de la banda, es de equilibrio).

Otra parte de la explicación tiene que ver con el enunciado correcto de la afirmación del típico curso básico de economía, que no es “el salario mínimo ocasiona desempleo y sus aumentos generan más desempleo”, sino “ceteris paribus (todo lo demás constante), el salario mínimo ocasiona desempleo y sus aumentos generan más desempleo”. ¿A qué se refiere el ceteris paribus? A todas las otras variables, además del salario, que influyen en las decisiones de los empleadores, como es el precio al que venden.

Si se obliga a los empleadores a subir el salario mínimo aumentan sus costos de producción y, ceteris paribus, bajan sus ganancias o se generan pérdidas, lo cual se compensa con el despido de los trabajadores menos productivos, cuyo salario es mayor que su contribución a la generación de ingresos de la empresa, generándose más desempleo.

¿Qué sucede si los empleadores pueden aumentar el precio de lo que ofrecen para compensar el aumento en sus costos de producción, lo cual dependerá de que los consumidores estén dispuestos a pagar un precio mayor, lo cual dependerá de la elasticidad precio de la demanda? Que no habrá necesidad de despedir a los trabajadores menos productivos, por lo cual no habrá mayor desempleo, pero a cambio se generarán nuevas presiones inflacionarias (que no necesariamente ocasionan mayor inflación).

Sumamos tres años (2021, 2022, 2023), con aumentos al salario mínimo (15%, 22%, 20%), y el desempleo no ha aumentado, ha bajado (4.5%, 21.4%, 15.2%), lo cual se explica por la banda de fluctuación del salario y por el hecho de que el supuesto ceteris paribus no se cumple. Además, hay que tomar en cuenta que los aumentos al salario mínimo son acordados entre el gobierno, los trabajadores y los empleadores, por lo que es lógico pensar que estos últimos no aceptarán un aumento que coloque el salario mínimo por arriba del límite superior de la banda de fluctuación, por arriba del máximo salario “mínimo” que están dispuestos a pagar. (Dicho sea de paso: si el salario mínimo se determina con la participación de los empleadores, estrictamente hablando no se trata de un salario mínimo, impuesto unilateralmente por el gobierno).

Mucho más puede decirse del salario mínimo. Por el momento, aquí lo dejo.