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Banco de México, bajo amenaza (1/5)

PESOS Y CONTRAPESOS

Arturo Damm Arnal
*Esta columna expresa el punto de vista de su autor, no necesariamente de La Razón.
Por:

Que Morena y sus aliados tengan la mayoría calificada en el Congreso de la Unión significa que pueden modificar la Constitución a su antojo, lo cual quiere decir a voluntad del Presidente de la República, para que cualquiera de sus ocurrencias tenga plena justificación constitucional y legal (por las leyes que de la Constitución emanan), lo cual amenaza al Banco de México, al cual podría quitársele la autonomía, que le concede el párrafo sexto del artículo 28 constitucional, autonomía que es un estorbo para los gobiernos pródigos, financieramente irresponsables, como tienden a serlo casi todos.

Leemos en el párrafo sexto del artículo 28 constitucional: “El Estado tendrá un banco central que será autónomo en el ejercicio de sus funciones y su administración. Su objetivo prioritario será procurar la estabilidad del poder adquisitivo de la moneda nacional, fortaleciendo con ello la rectoría del desarrollo nacional que corresponde al Estado. Ninguna autoridad podrá ordenar al banco conceder financiamiento”. Para empezar, tres comentarios.

Primero: el Banco de México tiene un objetivo prioritario (prioritario: que tiene prioridad respecto a algo; prioridad: anterioridad de algo respecto de otra cosa, en tiempo o en orden), que es “procurar la estabilidad del poder adquisitivo de la moneda nacional”, lo cual quiere decir que puede llegar a tener un segundo objetivo, no prioritario, pero objetivo al final de cuentas, como podría ser incentivar el crecimiento de la economía.

Segundo: por “procurar la estabilidad del poder adquisitivo de la moneda nacional” el Banco de México entiende, de manera por demás equivocada, tener una meta puntual de inflación anual del 3%, por lo que tiene que hacer, o dejar de hacer, lo necesario para mantener la inflación en 3%, algo que no ha conseguido. Fue en 2003 cuando el banco central adoptó el régimen de objetivos de inflación, fijando la meta en 3%. Entre enero de 2003 y julio de 2024 la inflación promedio anual fue 4.32%, 1.32 puntos porcentuales por arriba de la meta puntual, el 44.00%. Durante ese periodo se acumuló una inflación del 155.12%. Que el Banco de México tenga meta de inflación quiere decir que está favor de la pérdida en el poder adquisitivo del dinero y del trabajo, lo que viola el derecho de propiedad privada sobre el poder adquisitivo íntegro de nuestro trabajo, parte del derecho de propiedad privada sobre el producto íntegro de nuestro trabajo. La inflación debe ser considerada delito, y a quienes la permiten u ocasionan delincuentes.

Tercero: que “ninguna autoridad (pueda) ordenar al banco conceder financiamiento”, quiere decir que el Gobierno federal no puede obligar al Banco de México a producir dinero y dárselo para que lo gaste, práctica que se conoce con el nombre de crédito primario del banco central al Gobierno federal, lo cual es incorrecto porque esa práctica no supuso, mientras estuvo vigente, que el gobierno tuviera que regresarle al banco central el dinero “prestado” más los intereses causados.

Mucho debe modificarse del párrafo sexto del artículo 28 constitucional para terminar con la inflación, para lo cual sirve tener la mayoría calificada en el Congreso de la Unión. El problema es que puede modificarse para aumentar la inflación. Continuará.