a

Arturo Damm Arnal

Del salario (5/5)

PESOS Y CONTRAPESOS

Arturo Damm Arnal
*Esta columna expresa el punto de vista de su autor, no necesariamente de La Razón.
Por:

Las principales preguntas en torno al salario mínimo son: ¿genera mayor inflación?, ¿ocasiona más desempleo? En el anterior Pesos y Contrapesos expliqué por qué el salario mínimo, por sí mismo, no genera mayor inflación. En este explico por qué no, necesariamente, ocasiona más desempleo.

Quienes dicen que el salario mínimo ocasiona más desempleo lo hacen a partir del análisis preliminar (primer paso para considerar con más amplitud y profundidad el tema), de la oferta y la demanda, que afirma que, partiendo del salario de equilibrio, que iguala la demanda de trabajo de las empresas con la oferta de los trabajadores, la imposición de un salario mínimo, por arriba del de equilibrio, para favorecer a los trabajadores, garantizándoles un salario mínimo, por debajo del cual nadie debe contratarlos, ocasiona una menor cantidad demandada de trabajo y una mayor cantidad ofrecida, causando escasez de puestos de trabajo y, por eso, desempleo.

Lo anterior partiendo del análisis preliminar de la oferta y la demanda, que supone un solo salario de equilibrio, que iguala demanda y oferta, no habiendo, ni falta de demanda de trabajo de parte de las empresas, ni exceso de oferta de parte de los trabajadores. Partiendo del análisis preliminar, el salario mínimo, fijado por arriba del de equilibrio, sí genera desempleo, porque la cantidad demandada de trabajo es menor que la ofrecida: a ese salario, trabajadores dispuestos a trabajar, no encuentran trabajo. El problema es que el análisis preliminar de la oferta y la demanda, que supone un solo salario de equilibrio, no es regla sino excepción.

Lo que existe en los mercados laborales (en cualquier mercado), es la banda de fluctuación del salario (de cualquier precio), dentro de la cual cualquier salario (cualquier precio) es de equilibrio, misma que ya encontramos en La Riqueza de las Naciones (1776) de Adam Smith (libro I, capítulo 7), generalmente ignorada, por lo que no se va más allá del análisis preliminar, grave error.

El límite inferior de la banda de fluctuación del salario está dado por el mínimo salario (no lo confundamos con el salario mínimo, tema de estos Pesos y Contrapesos), a cambio del cual el trabajador está dispuesto a trabajar, y el superior por el máximo que el empleador está dispuesto a pagar. Supongamos que el primero es $100 y el segundo $200, por lo que cualquier salario entre 100 y 200 es de equilibrio, igualándose oferta y demanda. Supongamos que el salario es $150, que aumenta a $180, y que se anuncia como salario mínimo, que en realidad no lo es, porque sigue siendo salario de equilibrio, que iguala demanda y oferta de trabajo, por lo que no hay desempleo. Aumentó el salario “mínimo” pero no ocasionó más desempleo.

Dado que el aumento al salario “mínimo” es consensuado entre gobierno, trabajadores y empleadores, es de suponerse que se encuentra dentro de la banda de fluctuación, por debajo del máximo salario que los empleadores están dispuesto a pagar, no siendo en realidad un salario mínimo, por lo que no genera más desempleo del existente, como no lo ha generado en México. En diciembre de 2018, antes de que iniciaran los aumentos extraordinarios al salario “mínimo”, entre 15 y 22 por ciento, dependiendo del año, la tasa de desempleo fue 3.36 por ciento de la Población Económicamente Activa. En octubre pasado 3.30.