a

Arturo Damm Arnal

Del salario mínimo (2/3)

PESOS Y CONTRAPESOS

Arturo Damm Arnal
*Esta columna expresa el punto de vista de su autor, no necesariamente de La Razón.
Por:

La teoría económica convencional afirma que la imposición de un salario mínimo, por arriba del de equilibrio, ocasiona una mayor cantidad ofrecida de trabajo de parte de los trabajadores y una menor cantidad demandada de trabajo de parte de los empleadores, por lo que su fijación y aumento no beneficia a todos, sino sólo a quienes consiguen empleo, teoría económica convencional que ha sido contradicha por la realidad.

En lo que va del sexenio, frente a sexenios anteriores, los aumentos al salario mínimo han sido considerables: durante los primeros cinco años del sexenio de Peña Nieto el aumento promedio anual al salario mínimo fue 5.16%; durante los primeros cinco de la 4T fue 16.68%. Durante los primeros cinco años del sexenio de Peña Nieto la tasa de desempleo promedio anual fue 4.20% de la Población Económicamente Activa. A lo largo de los cinco primeros de la 4T, recesión del 2020 incluida, fue 3.64%. Mayores aumentos salariales y menor tasa de desempleo, contradiciendo a la teoría económica convencional. ¿Por qué?

Además de lo explicado al final del anterior Pesos y Contrapesos, al que remito a mis lectores, hay que tomar en cuenta la banda de fluctuación del salario, un caso concreto de la banda de fluctuación de los precios, salario que es el precio del trabajo, banda de fluctuación que ya aparece en La riqueza de las naciones de Adam Smith, en 1776.

Los precios se establecen dentro de los límites de una banda de fluctuación, cuyo límite superior está dado por el máximo precio (que no hay que confundir con un precio máximo impuesto por el gobierno), al que el comprador está dispuesto a comprar, y el inferior por el mínimo precio (que no hay que confundir con un precio mínimo impuesto por el gobierno), al que el vendedor está dispuesto a vender. Cualquier precio dentro de la banda es un precio de equilibrio, que iguala la cantidad demanda con la ofrecida.

En el caso del salario el límite superior de la banda de fluctuación está dado por el máximo salario al que el empleador está dispuesto a contratar (supongamos $20), y el inferior por el mínimo salario al que el trabajador está dispuesto a contratarse ($10). El salario se ubicará entre $10 y $20, supongamos $15.

Supongamos que con el fin de ayudar al trabajador el gobierno impone un salario mínimo, por arriba del precio de mercado, en este caso $15, de $18, por abajo del cual ningún empleador debe contratar. Según la teoría económica este salario mínimo generaría desempleo, lo cual no sería el caso, ya que ese nuevo salario ($18), está dentro de la banda de fluctuación (entre $10 y $20), por lo que la cantidad demanda de trabajo sigue siendo igual a la cantidad ofrecida.

Seguramente que los aumentos al salario mínimo, en lo que va de la 4T, han dado como resultado un salario mínimo que se encuentra dentro de los límites de la banda de fluctuación, por lo que no han generado mayor desempleo. Al contrario, el desempleo ha bajado.

El que el salario mínimo y sus aumentos no hayan causado mayor desempleo nos indica que el mismo no es, desde el punto de vista de la teoría económica, un verdadero salario mínimo, impuesto por arriba del salario de equilibrio, sino el que se considera necesario para cumplir con lo establecido en el artículo 123 constitucional. Continuará.