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Arturo Damm Arnal

Unfriendlyshoring

PESOS Y CONTRAPESOS

Arturo Damm Arnal
*Esta columna expresa el punto de vista de su autor, no necesariamente de La Razón.
Por:

En el anterior Pesos y Contrapesos concluí que el nearshoring (puerto cercano), sin el friendlyshoring (puerto amistoso), no es suficiente para atraer suficiente Inversión Extranjera Directa, IED, como lo muestran las cifras de la balanza de pagos: en el primer semestre de 2022 se captaron 12,586 millones de dólares de nueva IED; en 2023 sólo 2,136 millones, 10,450 millones menos, 83.03 por ciento, lo cual se debe a que la economía mexicana no es del todo friendlyshoring, de entrada, por el párrafo cuarto del artículo 28 de la Constitución.

Leemos, en el artículo 28 constitucional, que “en los Estados Unidos Mexicanos quedan prohibidos los monopolios y las prácticas monopólicas…”, para leer, en el párrafo cuarto, que “no constituirán monopolios las funciones que el Estado ejerza de manera exclusiva en las siguientes áreas estratégicas: correos, telégrafos y radiotelegrafía; minerales radiactivos y generación de energía nuclear; la planeación y el control del sistema eléctrico nacional, así como el servicio público de transmisión y distribución de energía eléctrica, y la exploración y extracción del petróleo y de los demás hidrocarburos, en los términos de los párrafos sexto y séptimo del artículo 27 de esta Constitución, respectivamente; así como las actividades que expresamente señalen las leyes que expida el Congreso de la Unión”.

Lo resaltado en negritas y subrayado quiere decir que basta y sobra que el Congreso de la Unión expida una ley, y que la promulgue el Poder Ejecutivo, en la cual se diga, por ejemplo, que los salones de belleza y las peluquerías son considerados estratégicos para que tengan que ser expropiados y gubernamentalizados (esta, gubernamentalizados, no nacionalizados, es la palabra correcta), porque en el párrafo quinto del artículo 25 de la Constitución leemos que “el sector público (que para todo efecto práctico es el gobierno en turno) 1 tendrá a su cargo, de manera exclusiva, las áreas estratégicas que se señalan en el artículo 28, párrafo cuarto de la Constitución…”.

¿Cuáles son los sectores estratégicos de la economía? Los que expresamente señalen las leyes que expida el Congreso de la Unión, potencialmente cualquiera, lo cual quiere decir que el derecho de propiedad privada sobre los medios de producción, en México, no está plenamente reconocido, puntualmente definido y jurídicamente garantizado, algo propio del Estado de chueco, antítesis del Estado de Derecho, lo cual hace de la mexicana una economía unfriendlyshoring (puerto amenazador), limitando las posibilidades del nearshoring.

¿Cuántos empresarios, nacionales y extranjeros, están conscientes de lo que, bajo ciertas circunstancias, como la de un presidente que cree que los sectores estratégicos de la economía deben estar en las manos exclusivas del Estado, el caso de AMLO, implica lo que afirma el párrafo cuarto del artículo 28 de la Constitución? Y si hay empresarios conscientes de tal amenaza (¿los hay?), ¿qué hacen para eliminarla y lograr que el derecho de propiedad privada sobre los medios de producción esté plenamente reconocido, puntualmente definido y jurídicamente garantizado?

Comenzando por el capítulo económico de la Constitución, la mexicana es una economía unfriendlyshoring.