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La batalla por la mifepristona

STRICTO SENSU 

Mauricio Ibarra
*Esta columna expresa el punto de vista de su autor, no necesariamente de La Razón.
Por:

Dos años después que la Corte Suprema estadounidense revocara la garantía que permitía a las mujeres terminar voluntariamente un embarazo, continúa la ofensiva legal para restringir aún más ese derecho.

En el año 2000, la agencia gubernamental encargada de autorizar el uso de fármacos (FDA, por sus siglas en inglés) aprobó la utilización de un medicamento llamado mifepristona para terminar embarazos hasta la séptima semana. Para asegurarse que su utilización fuera efectiva, la FDA estableció que debería ser prescrito por médicos, requiriendo que la paciente tuviera tres citas personales antes de recibirlo. En 2016, la FDA modificó las condiciones de uso: determinó su utilización para terminar embarazos de hasta 10 semanas, autorizó a enfermeras a prescribirlo y redujo a una cita médica los requisitos de uso. Tres años después, la FDA permitió su comercialización como genérico. Finalmente, en 2021, anunció que la cita con personal médico dejaría de ser necesaria, abriendo la posibilidad de que el medicamento se suministrara mediante correo.

Ante las medidas de la FDA, cuatro asociaciones médicas provida acudieron en noviembre de 2022 a un juzgado de distrito en Texas. Los actores buscaban no sólo revocar la aprobación de su uso como medicamento genérico, sino también rescindir las acciones regulatorias llevadas a cabo en 2016, 2019 y 2021. Buscando obtener una decisión favorable, presentaron su demanda en el juzgado de distrito del norte de Texas, cuyo titular es ampliamente conocido por sus decisiones conservadoras. En abril del año pasado, dicho juez revocó totalmente la autorización de la FDA, lo que implicaba que la mifepristona dejará de comercializarse.

Tanto la compañía que vende la versión genérica del medicamento como la propia FDA se opusieron a la determinación del juzgador, inconformándose ante la Corte de Apelaciones del Quinto Circuito. En agosto de 2023, ése tribunal anuló la decisión del juez que revocaba la aprobación del uso de la droga, señalando que dicha acción ya había prescrito. También canceló la prohibición de utilizar a la mifepristona como medicamento genérico. Sin embargo, coincidió con el juzgador al revocar las acciones regulatorias aprobadas en 2016 orientadas a relajar las restricciones iniciales de uso y las de 2021 que facilitaban su adquisición mediante su envío por correo. Justo sobre esos aspectos se centró la resolución de la Corte Suprema del pasado 14 de junio.

La Corte reconoció que los actores tienen sinceras objeciones ideológicas, morales y legales contra el aborto y las regulaciones de la FDA que relajaron los requisitos de utilización de la mifepristona. El análisis del caso mostró, sin embargo, que ninguno de los demandantes utiliza o prescribe el medicamento. También que la FDA no les obliga a hacer o dejar de hacer conducta alguna, sino que más bien buscan que el medicamento sea más difícil de prescribir para otros médicos y de obtener para mujeres embarazadas. Ese simple deseo, sentenció la Corte, no les otorga interés jurídico para demandar ante tribunales, por lo cual su pretensión fue desechada unánimemente.