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Mauricio Ibarra

Elecciones en Venezuela

STRICTO SENSU 

Mauricio Ibarra
*Esta columna expresa el punto de vista de su autor, no necesariamente de La Razón.
Por:

Venezuela celebrará elecciones presidenciales en 2024. El Gobierno y los partidos opositores acordaron escoger a sus respectivos candidatos usando reglas internas.

La Plataforma Unitaria, agrupamiento de la oposición, solicitó desde junio a la oficialista Comisión Nacional Electoral asistencia para realizar las primarias internas sin recibir respuesta durante meses. Luego de múltiples evasivas, la instancia gubernamental propuso en octubre que la votación se llevara a cabo en noviembre, sin garantizar el registro de los candidatos inhabilitados. La oferta fue rechazada. La elección primaria opositora tuvo lugar el 22 de octubre. Con una participación cercana a los 2.5 millones de electores, resultó triunfadora María Corina Machado candidata de la agrupación Vente Venezuela con más de 90% de los votos. Ese mismo día, un diputado de la Asamblea Nacional interpuso un recurso contra actos presuntamente inconstitucionales de la opositora Comisión Nacional de Primarias.

Actuando con una rapidez inusual, la Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia emitió el 30 de octubre una resolución de cinco puntos que, de prosperar, pone en entredicho la libre participación opositora en la elección presidencial. Los primeros dos se refieren a cuestiones de procedimiento. El siguiente establece su procedencia, razón por la cual suspende los efectos de las fases del proceso electoral opositor. En el cuarto se ordena a la organizadora remitir en un plazo de tres días toda la documentación relacionada con el proceso: antecedentes administrativos; contenido de las 25 fases que rigen el proceso electoral (convocatoria, constitución como Comisión Electoral, cronograma, registro y postulaciones); acta de aceptación de la postulación de la candidata ganadora, así como de las renuncias de dos candidatos; actas del evento celebrado el 22 de octubre, así como un informe pormenorizado indicando el mecanismo y el lugar destinado para resguardar el material electoral. Debe subrayarse que en este resolutivo la Sala Electoral refiere que tanto la candidata vencedora como los dos que declinaron han sido inhabilitados para ocupar cargos públicos. El quinto y último ordena dar vista al fiscal general para que conozca de las denuncias formuladas por el diputado y por otros actores relacionadas con la organización de las primarias opositoras que pudiesen configurar delitos electorales. Ese mismo día, la Fiscalía abrió una investigación y solicitó la comparecencia, en calidad de investigados, del presidente de la Comisión Nacional de Primarias y varios de sus colaboradores. En los citatorios se les advierte que son investigados por la posible comisión de delitos de usurpación de la función electoral y de identidad, así como de delitos financieros y económicos.

Resulta sospechoso que la actuación del Tribunal Supremo se origine en una queja interpuesta por alguien que ni siquiera es integrante de las organizaciones participantes en la elección interna. También contribuye a enturbiar el ambiente preelectoral la rapidez de la actuación de la Sala Electoral y de la Fiscalía. De concretarse la descalificación de la candidata opositora y la persecución de la Plataforma Unitaria los comicios presidenciales de 2024 corren el riesgo de convertirse en una parodia. Sigamos atentos.