GCDMX condona pago de predial y agua a colonias de bajos recursos

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La Jefatura del Gobierno de la Ciudad de México condonó el pago total de predial y del servicio de agua del ejercicio fiscal 2018 a los propietarios de los inmuebles ubicados dentro de las áreas geográficas clasificadas con índice de desarrollo social muy bajo de la capital, o que presenten afectaciones estructurales.

En la primera de dos resoluciones, vigentes en 2019, el gobierno capitalino señaló que se condona el ciento por ciento del pago de esas contribuciones, así como de los accesorios y gastos de ejecución ordinarios y extraordinarios generados hasta el 31 de diciembre pasado.

Indicó que esas personas están exentas del impuesto predial sobre bienes inmuebles de uso habitacional y del pago de los derechos por el suministro de agua, respecto a las tomas de los inmuebles de uso doméstico considerados en esa condición social, siempre que los contribuyentes paguen en una sola exhibición los gravámenes correspondientes al ejercicio fiscal 2019.

Aclaró que no será necesario que los contribuyentes beneficiados realicen trámite o gestión adicional alguna, por lo que la Tesorería y el Sistema de Aguas capitalinos deberán aplicar los instrumentos indicados para ello, y agregó que no procederá una condonación si se trata de multas administrativas no fiscales.

En otra resolución, la autoridad local condonó el pago del impuesto predial a los propietarios o poseedores de inmuebles que presenten daños estructurales ocasionados por grietas y/o hundimientos diferenciados, ubicados en las colonias de la Ciudad de México.

Para ello, destacó que será necesario contar con opinión técnica emitida por la Secretaría de Gestión Integral de Riesgos y Protección Civil de la Ciudad de México con base en el grado de exposición de la vivienda y conforme a la información contenida en el Atlas de Riesgos de la capital.

Además, abundó, se condona a estas personas el pago del predial indicado en la propuesta de declaración de valor catastral y boleta predial que emite la Secretaría de Administración y Finanzas del ejercicio fiscal 2019, así como los accesorios que se generen respecto del mismo.

Ello, al tomar como base la afectación del inmueble, determinada mediante la opinión técnica que emita la Secretaría de Gestión Integral de Riesgos y Protección Civil de la Ciudad de México, de acuerdo con porcentajes de van de 50 al ciento por ciento, anotó.

Agregó que los beneficios de esta resolución deberán solicitarse ante cualquier Administración Tributaria a más tardar el 31 de diciembre del año en curso.

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