Queda prohibida venta de celulares y medicamentos en tianguis capitalinos

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Los tianguis, bazares y mercados similares que operan en la Ciudad de México tendrán prohibido, a partir del 10 de julio, la venta no sólo de celulares, como se anunció recientemente, sino también medicamentos, animales exóticos o en peligro de extinción, así como la elaboración de tatuajes, perforaciones y micropigmentación.

La Gaceta Oficial de este 9 de julio, publicó los Lineamientos de Operación de Mercados Móviles en la Modalidad de Tianguis, Bazares y Complementos en la Ciudad de México, en los que establece las condiciones en las que deben operar estos centros de comercio.

Los lineamientos incluyen un listado de 49 actividades comerciales que están autorizadas por la administración capitalina para desarrollarse en dichos lugares. Algunas de ellas son carnicería, abarrotes, mascotas domésticas y de acuario, alimentos preparados, accesorios para teléfonos, entre otros.

Del artículo 29 al 32, se mencionan las ventas que quedan estrictamente prohibidas. En ese sentido, se prohíbe la venta y el consumo de bebidas embriagantes, tanto al interior de los tianguis como a 100 metros a la redonda.

Tampoco se permitirá la venta de medicamentos, animales exóticos y/o en peligro de extinción, tatuajes, perforaciones, micro pigmentación o cualquier otro giro que no se encuentre regulado dentro de los lineamientos.

“Queda estrictamente prohibida la venta de teléfonos celulares dentro de los mercados móviles en la modalidad de tianguis, bazares y complementarios”, dice el artículo 32.

También se establece que los puestos no deberán presentar ningún amarre al mobiliario urbano, casas particulares y árboles. Y su ubicación obedecerá las reglas mínimas de protección civil, en específico en los giros de alimentos preparados, los cuales no podrán encontrarse junto a la venta de productos flamables.

Las alcaldías serán las responsables de vigilar que las normas se cumplan. Si detectan incumplimiento de las condiciones publicadas, emitirá por escrito las recomendaciones que estime convenientes para que dentro del plazo de 30 días, la asociación responsable del tianguis en cuestión subsane dichas irregularidades.

En caso de incumplimiento, las sanciones podrán ser amonestación, sanción mediante labor social y/o suspensión temporal de sus permisos.

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