Con penas más severas, avalan la “Ley Olimpia” en comisiones

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Las Comisiones Unidas de Administración y Procuración de Justicia y de Igualdad de Género en el Congreso de la Ciudad de México aprobaron por unanimidad (23 votos a favor y cero en contra) y con algunas observaciones, el dictamen que tipifica y castiga la violencia digital contra mujeres, mismo que será votado en el pleno el 3 de diciembre.

Dentro de las modificaciones, se elimina el apartado que perfilaba de 48 a 200 horas de trabajo comunitario, además de la pena en prisión, a quien contacte por medios electrónicos a una persona menor de 18 años para pedirle imágenes, audio o video de actividades íntimas explícitas o le solicite un encuentro sexual.

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Esta modificación, con respecto al proyecto original, del que informó La Razón en su edición de ayer, endurece la sanción contra ese comportamiento, en el añadido artículo 179 Bis del Código Penal capitalino, en el Capítulo III de acoso sexual. Y es que a propuesta de Gabriela Quiroga, diputada del PRD, los legisladores coincidieron en impulsar de cuatro a seis años de prisión, así como una multa de 500 a mil Unidades de Medida y Actualización (UMA), en lugar de dos a cinco años y el trabajo comunitario.

Los otros puntos del documento que sí quedan tal como lo informó La Razón son una pena de cuatro a seis años de prisión y multa de 500 a mil UMA a quien “exponga, distribuya, difunda, exhiba, reproduzca, transmita, comercialice, oferte, intercambie y comparta imágenes, audios o videos de contenido sexual íntimo de una persona, a sabiendas de que no existe consentimiento, mediante materiales impresos, correo electrónico, mensajes telefónicos, redes sociales o cualquier medio tecnológico”.

La pena se agravará en una mitad si se cumple alguna de las cinco agravantes que se incluirán en el artículo 181 Quintus, entre ellas, cuando la víctima sea una persona ascendiente o descendiente en línea recta hasta el tercer grado; cuando exista o haya existido una relación de matrimonio, concubinato, sociedad de convivencia, noviazgo o cualquier otra relación sentimental; entre otras. Así, la pena máxima será de seis a nueve años.

También se mantienen el agravante al delito de amenazas, cuando éstas consistan en amagar con difundir el material de contenido sexual. En ese caso, las penas de cárcel podrían llegar a los tres años, ya que este ilícito amerita de tres meses a un año de cárcel.

Durante la reunión de las comisiones, el morenista Eduardo Santillán, presidente de la Comisión de Administración y Procuración de Justicia, destacó el esfuerzo por parte del Poder Legislativo para incluir todas las propuestas, y mencionó que con esta ley se cumplimentan acciones que combaten la violencia de género.

En su oportunidad, Paula Soto, presidenta de la Comisión de Igualdad de Género, agradeció la disposición de los legisladores que contribuyeron, en un ánimo constructivo y positivo, a la construcción de la propuesta; debate que no fue sencillo, principalmente en los últimos meses.

“No fue sencillo; sin lugar a dudas, el camino fue largo: todas las partes involucradas queríamos que saliera nuestra iniciativa, pero no podíamos dejar de lado todas las demás que formaban parte y que tenían que formar parte no sólo del dictamen, sino también de la discusión y de la conversación”, afirmó.

La legisladora destacó que en las audiencias públicas se comprendió lo complicado del tema, ya que se debía dar voz a la sociedad civil.

Las reformas aprobadas que modifican al Código Penal del Distrito Federal y a la Ley de Acceso a las Mujeres a una Vida Libre de Violencia local, en conjunto, son conocidas como la “Ley Olimpia”, por su principal impulsora, la activista Olimpia Coral Melo.

El Dato: Pese a que los castigos del dictamen son superiores a las del proyecto, aún son más bajas que los 12 años propuestos por el Frente Nacional para la Sororidad.

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