Conductores podrían perder definitivamente sus licencias

Congreso de CDMX endurece reglas vehiculares; conoce cuáles son las penas

El Congreso de la CDMX reformó la Ley de Movilidad y el Código Penal para endurecer las reglas vehiculares y las penas por cometer algún delito

El Congreso de la CDMX endureció las reglas vehiculares, las sanciones alcanzan hasta los 13 años de prisión. Foto de Archivo

El Congreso de la Ciudad de México endureció las reglas y penas vehiculares, por lo que ahora algunas conductas alcanzarán hasta los 13 años de prisión y ameritarán la pérdida de la licencia de conducir ¿Ya las conoces?

¿Qué se modificó?

Por unanimidad de 49 votos, se aprobaron reformas a la Ley de Movilidad y al Código Penal para otorgar mayores sanciones a los conductores que se involucren en homicidios, lesiones de tránsito, despojo, extorsión, asociación delictuosa y delincuencia organizada.

En la Ley de Movilidad se modificó el artículo 67, para mayores sanciones; mientras que al Código Penal, se le reformaron los artículos 135, 138, 140, 141, 236, 237 y 253, con los cuales se expanden las penas de prisión.

De acuerdo con la diputada Jannete Guerrero, con estas modificaciones se "permitirá que ahora se persigan por oficio las lesiones culposas con motivo de hechos de vehículos en los casos en los que el conductor utilice indebidamente una vía ciclista o un carril confinado".

Por su parte, el diputado Valentín Maldonado, destacó que con el dictamen también "se fortalecen derechos; integrando criterios de accesibilidad, igualdad, equidad, sustentabilidad y seguridad".

Hechos de tránsito

Durante el dictamen, el diputado local de Morena, Ricardo Ruiz, expresó que "se propone sancionar el homicidio y lesiones culposas con motivo de tránsito de vehículos pase de cuatro a 10 años de prisión, a cinco años y cuatro meses, respectivamente, a 13 años y cuatro meses".

Asimismo, el morenista agregó que las penas serían "sobre todo para quienes utilicen el carril confinado para ciclistas, conduzcan a exceso de velocidad y manipulen un teléfono celular o cualquier dispositivo".

Por otro lado, las nuevas reglas vehiculares de la CDMX también toman en cuenta a aquellos que evadan alguno de los puntos de revisión, como el alcoholímetro, y también si viaja a exceso de velocidad o utiliza algún dispositivo electrónico (celular) y ocasiona algún accidente de tránsito.

Por consumo de sustancias nocivas para la salud, retendrán licencia

Retomando el punto anterior, de comprobarse que el conductor, de transporte público o privado, viaja en estado de ebriedad o que ingirió alguna droga, agentes de la Secretaría de Seguridad Ciudadana tendrán la facultad de retener su licencia de conducir.

Asimismo, agregan que la persona involucrada, perderá definitivamente su licencia; esto tras la reforma a la Ley de Movilidad. El presidente de la Comisión de Movilidad, Miguel Ángel Macedo, agregó que se va a "facultar a la Secretaría de Movilidad (Semovi) para cancelar de forma definitiva la licencia de conducir en la primera ocasión que se determine que un conductor de transporte privado o público, de pasajeros o de carga, conduzca en estado de ebriedad o con estupefacientes".

En este sentido, además se explicó que para los conductores de vehículos privados la licencia únicamente se cancelará de forma definitiva cuando el conductor se encuentre bajo los efectos de las sustancias antes mencionadas en dos ocasiones por año, o bien, en tres ocasiones en tres años.

Mientras que, las modificaciones a la Ley de Movilidad, también indican que ahora la Semovi podrá proponer las tarifas de estacionamientos públicos y as del transporte público.

Asociación delictuosa

Por otro lado, sobre incidentes relacionados al despojo, extorsión, asociación delictuosa y organizada, añadieron que la pena será de ocho a 12 años de prisión, así como una multa de 500 a cinco mil Unidades de Medida y Actualización (UMA).

Lo anterior para aquellos a los que se les compruebe que forman parte de alguna banda, de tres o más personas, dedicada a la delincuencia.

Agregan emergencias sanitarias

Entre las reformas también se tomó en cuenta el suceso de una emergencia sanitaria, como la actual de COVID-19. En el dictamen aprobado por el Congreso local de la CDMX se estableció que los concesionados que no cumplan con las medidas de control que indique el Gobierno, recibirán una pena de 40 a 60 UMA.

Sin embargo, la sanción también incluye otras condiciones, como que los conductores deberán ofrecer su servicio a trabajadores de la salud; de negarse a ello, perderán la concesión.

En cuanto al transporte público, las nuevas reglas de vehiculares también señalan que se deberá contar con una póliza de seguro de alguna de las instituciones registradas en la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas. Sin embargo, ésta deberá ser de un mínimo de cuatro millones 481 mil pesos o se les revocará la concesión.

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