A partir de los 12 años de edad

Facilitan trámite para cambio de género en actas de nacimiento de la CDMX

Dirección General del Registro Civil de la CDMX será la encargada de realizar el trámite de cambio de género en las actas de nacimiento; evitará proceso judicial

La persona interesada deberá presentar su solicitud en la que indique que es de nacionalidad mexicana y que se autopercibe con un género diferente.
La persona interesada deberá presentar su solicitud en la que indique que es de nacionalidad mexicana y que se autopercibe con un género diferente. Foto: Cuartoscuro

Los adolescentes de la Ciudad de México (CDMX) que requieran modificar datos en sus actas de nacimiento respecto a su género, con el fin de que éste sea acorde a su identidad, tendrán facilidades administrativas, lo que evitará que los jóvenes recurran a un proceso judicial para ello.

La Gaceta Oficial del 27 de agosto publicó los lineamientos para realizar el trámite a través de la Dirección General del Registro Civil de la Ciudad de México, la cual recibirá las solicitudes para Reconocimiento de Identidad de Género de las personas adolescentes.

La persona interesada deberá presentar su solicitud en la que indique que es de nacionalidad mexicana, que se autopercibe con un género diferente al que se asentó en su registro de nacimiento primigenio, que es su voluntad obtener una nueva acta de nacimiento que concuerde a su identidad de género, y que tiene conocimiento de la trascendencia y alcances jurídico-administrativos del procedimiento.

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¿Qué documentos presentar?

Los documentos que deben presentar son copia certificada del acta de nacimiento expedida por la Dirección General del Registro Civil de la CDMX, que acredite que cuenta con al menos 12 años cumplidos, identificación oficial en original y copia, así como la autorización escrita del padre, madre o tutor.

“En caso de padres o madres no presentes, se deberá manifestar bajo protesta de decir verdad que dicha persona está ausente, desaparecida o que no han tenido noticias suyas”, señala el documento.

Dentro de los 10 días hábiles posteriores a la recepción de la solicitud, la persona titular de la presidencia del Consejo para garantizar los Derechos Humanos en el Procedimiento Administrativo de Reconocimiento de Identidad de Género de la CDMX convocará a sesión extraordinaria, con el fin de analizar las solicitudes y emitir una opinión de éstas.

La Dirección General del Registro Civil integrará el expediente correspondiente y cinco días posteriores a la sesión del Consejo asignará una cita para que el adolescente comparezca, en compañía del padre, madre o tutor de su elección, para finalmente tener el cambio en su acta.

KF

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