La Secretaría del Medio Ambiente (Sedema), dio a conocer que las multas por no acatar las restricciones viales impuestas ante la contingencia ambiental, ascienden hasta los mil 924.4 pesos.
¿Qué vehículos no podrán circular este 30 de marzo debido a la contingencia ambiental?
- Los vehículos de uso particular con holograma de verificación “0 y 00” engomado rojo terminación de placa 3 y 4.
- Los vehículos de uso particular con holograma de verificación 2.
- Los vehículos de uso particular con holograma de verificación tipo 1 cuyo último dígito numérico sea 2, 3, 4, 6, 8, y 0, así como aquellos cuya matrícula esté conformada sólo por letras.
- Los taxis con holograma de verificación “1” o “2” que deban dejar de circular de acuerdo con las disposiciones indicadas en los primeros dos puntos se les aplicará la restricción a la circulación de las 10:00 a las 22:00 horas.
- Los vehículos con matrícula foránea de uso particular que no porten holograma de verificación o que tengan holograma tipo 1 o 2.
- Los vehículos con matrícula foránea de uso particular con holograma “00” ó “0” engomado rojo, terminación de placa 3 y 4.
- Las unidades que transportan gas licuado de petróleo (pipas y/o semirremolques) cuya matrícula sea par.
- Los vehículos de carga local o federal dejan de circular entre las 06:00 y las 10:00 horas, con excepción de aquellos que se encuentren en el Programa de Autorregulación de la Ciudad de México o Estado de México.
De acuerdo con el Reglamento y el Programa de Verificación Vehicular Obligatoria, los vehículos que no cumplan con estas restricciones, serán acreedores a una sanción de 20 UMAS, que equivale a mil 924.4 pesos.
lemm.