Movilidad y transporte

Semovi: CDMX busca regular la velocidad de monopatines, scooters y bicicletas eléctricas

A partir de 2018 este tipo de transportes se hicieron presentes en la capital

Semovi busca nueva regulación para monopatines, scooters, y bicicletas eléctricas. Foto: Pixabay / Andreas Volz

La Ciudad de México se caracteriza por sus lugares emblemáticos, su oferta laboral, su economía, la accesibilidad a servicios públicos, entre otros. Sin embargo, al ser una zona con muchas oportunidades en distintos ámbitos, la aglomeración de la gente y de vehículos en la calle no se hacen esperar.

Ante lo ya mencionado, para mejorar y reducir el tiempo de desplazamiento de las personas, e inclusive evitar la contaminación en la Ciudad de México, empresas tuvieron la iniciativa de poner a disposición de los capitalinos monopatines, scooters, y bicicletas eléctricas.

Cabe resaltar, que en un inicio, cuando llegaron estos medios de transporte a la capital, operaban sin regulaciones, un hecho que comenzó a provocar disgustos entre transeúntes y conductores.

Los monopatines, scooters y las bicicletas eléctricas comenzaron a regularse en 2019. ı Foto: Pixabay / Kristof Topolewski

No obstante, la Secretaría de Movilidad de la Ciudad de México (Semovi) entre el 6 de febrero y el 24 de marzo de 2019 realizó acciones orientadas a ordenar y a homologar las condiciones de operación de las diversas empresas de bicicletas sin anclajes y monopatines eléctricos, los cuales ya circulaban desde 2018.

Actualmente, la Semovi, quien es una institución que se encarga de regular y mejorar el tráfico de la capital, ha anunciado que se busca una nueva regulación para los monopatines, scooters y bicicletas eléctricas.

¿Por qué Semovi Busca una nueva regulación?

Dicha institución está en análisis de una nueva regulación de los monopatines, scooters y bicicletas eléctricas, porque se ha modificado su infraestructura y llegan a alcanzar más velocidad de la actual permitida.

De acuerdo con las reglas de operación de estos medios de transporte, un vehículo no motorizado no puede exceder los 25 kilómetros por hora, pese a que se trate de un motor eléctrico.

Asimismo, esta normativa está estipulada en el artículo 79: Regulación de bicicletas públicas y transporte no motorizado de la Ley de Movilidad de la Ciudad de México.

Por otra parte, Héctor Ulises García Nieto, titular de la Semovi señaló, “Si están regulados y tienen un límite de velocidad que es de 25 kilómetros por hora. Si están apareciendo nuevos medios de transporte, es necesario hacer una evaluación y precisar su funcionamiento. Es un tema pendiente que tendrá que revisarse, porque están apareciendo con velocidades que rebasan los 25 kilómetros por hora”.

Además, el titular también externó, que este tipo de transportes también invaden las vialidades exclusivas para ciclistas, un acto que también se debe revisar para su regulación.

Temas: