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¿Me pueden multar por andar con patines en las calles y avenidas de la CDMX? Esto dice la ley

Si te gusta transitar en bicicleta, patines o monopatín en las calles de la Ciudad de México, pon atención, pues estos son tus derechos u obligaciones

Esta sería la multa al circular con patines en la Ciudad de México.
Esta sería la multa al circular con patines en la Ciudad de México. Foto: Cuartoscuro / Captura de pantalla

La Ciudad de México, así como otras grandes urbes del país, se están llenando cada vez más y más de automóviles y, en consecuencia, de tráfico y aglomeraciones, por lo cual muchas personas aprovechan más y más otros medios de transporte.

Por ello, es común ver bicicletas en más colonias de la Ciudad, pero también scooters, monopatines eléctricos y hasta patines. Con estos, las personas no solamente pueden ejercitarse y divertirse, sino trasladarse por distancias medias y cortas de forma económica y práctica.

Sin embargo, el tránsito de bicicletas y otros vehículos no motorizados puede ocasionar problemas si se desconocen los lineamientos, como pasa con cualquier automóvil.

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Problemas como éste se repiten cada vez que surgen nuevas controversias en torno a posibles accidentes de personas quienes circulan en bicicleta o similares por grandes avenidas. Fue el caso de un video que se difundió en redes sociales, donde un grupo de jóvenes en patines circulan por la vía rápida y dividieron opiniones. ¿Las leyes contemplan multas para ellos? Te contamos.

¿Existe la multa por andar con patines en las calles y avenidas de la Ciudad de México?

Transitar con bicicleta, patines o monopatín en las calles de una gran ciudad es un asunto que divide opiniones, pues mientras algunos celebran el libre tránsito y utilizar alternativas que no contaminen, otros afirman que pone en riesgo a los transeúntes.

A propósito, el Reglamento de Tránsito de la Ciudad de México establece estos lineamientos para los vehículos no motorizados:

  • Los vehículos no motorizados deben circular por el carril de extrema derecha
  • Los vehículos no motorizados tendrán preferencia sobre los vehículos motorizados
  • En vehículos no motorizados, los niños menores de 5 años deben ir en remolques o cabinas especiales con cinturones de seguridad y protecciones
  • Los conductores de vehículos motorizados deben otorgar al menos 1.50 metros de separación lateral al adelantar a ciclistas o motociclistas
Esto dice el Reglamento de Tránsito de CDMX sobre vehículos no motorizados.
Esto dice el Reglamento de Tránsito de CDMX sobre vehículos no motorizados. ı Foto: Moisés Pablo Nava

En caso de que se incumplan estas normas, el Reglamento de Tránsito afirma que: “Los conductores de vehículos no motorizados que no cumplan con las obligaciones estipuladas en el presente artículo serán amonestados verbalmente por los agentes y/o agentes autorizados para infraccionar, y orientados a conducirse de conformidad con lo establecido por las disposiciones aplicables”.

Sin embargo, no aclara si existe una sanción monetaria específica por estos hechos.

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