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¿Me pueden multar por andar con patines en las calles y avenidas de la CDMX? Esto dice la ley

Si te gusta transitar en bicicleta, patines o monopatín en las calles de la Ciudad de México, pon atención, pues estos son tus derechos u obligaciones

Esta sería la multa al circular con patines en la Ciudad de México.
Esta sería la multa al circular con patines en la Ciudad de México. Foto: Cuartoscuro / Captura de pantalla

La Ciudad de México, así como otras grandes urbes del país, se están llenando cada vez más y más de automóviles y, en consecuencia, de tráfico y aglomeraciones, por lo cual muchas personas aprovechan más y más otros medios de transporte.

Por ello, es común ver bicicletas en más colonias de la Ciudad, pero también scooters, monopatines eléctricos y hasta patines. Con estos, las personas no solamente pueden ejercitarse y divertirse, sino trasladarse por distancias medias y cortas de forma económica y práctica.

Sin embargo, el tránsito de bicicletas y otros vehículos no motorizados puede ocasionar problemas si se desconocen los lineamientos, como pasa con cualquier automóvil.

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Problemas como éste se repiten cada vez que surgen nuevas controversias en torno a posibles accidentes de personas quienes circulan en bicicleta o similares por grandes avenidas. Fue el caso de un video que se difundió en redes sociales, donde un grupo de jóvenes en patines circulan por la vía rápida y dividieron opiniones. ¿Las leyes contemplan multas para ellos? Te contamos.

¿Existe la multa por andar con patines en las calles y avenidas de la Ciudad de México?

Transitar con bicicleta, patines o monopatín en las calles de una gran ciudad es un asunto que divide opiniones, pues mientras algunos celebran el libre tránsito y utilizar alternativas que no contaminen, otros afirman que pone en riesgo a los transeúntes.

A propósito, el Reglamento de Tránsito de la Ciudad de México establece estos lineamientos para los vehículos no motorizados:

  • Los vehículos no motorizados deben circular por el carril de extrema derecha
  • Los vehículos no motorizados tendrán preferencia sobre los vehículos motorizados
  • En vehículos no motorizados, los niños menores de 5 años deben ir en remolques o cabinas especiales con cinturones de seguridad y protecciones
  • Los conductores de vehículos motorizados deben otorgar al menos 1.50 metros de separación lateral al adelantar a ciclistas o motociclistas
Esto dice el Reglamento de Tránsito de CDMX sobre vehículos no motorizados.
Esto dice el Reglamento de Tránsito de CDMX sobre vehículos no motorizados.

En caso de que se incumplan estas normas, el Reglamento de Tránsito afirma que: “Los conductores de vehículos no motorizados que no cumplan con las obligaciones estipuladas en el presente artículo serán amonestados verbalmente por los agentes y/o agentes autorizados para infraccionar, y orientados a conducirse de conformidad con lo establecido por las disposiciones aplicables”.

Sin embargo, no aclara si existe una sanción monetaria específica por estos hechos.

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