Estas son las penas por difundir 'packs' en la CDMX #LeyOlimpia

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Con la aprobación de la Ley Olimpia, el envío de packs (fotografías o videos de desnudos) en la Ciudad de México se castigará hasta con 6 años de prisión.

Los diputados locales avalaron modificar el artículo 181 del Código Penal, al que se agregó un apartado Quintus, para sancionar el delito contra la intimidad sexual.

Se impondrá una pena de 4 a 6 años de prisión y multa de 500 a 1000 unidades de medida y actualización a quien videograbe, audiograbe, fotografie, filme o elabore imágenes, audios o videos, reales o simulados, de contenido sexual íntimo de una persona sin su consentimiento o mediante engaño.

La misma sanción es para quien exponga, distribuya, difunda, exhiba, reproduzca, transmita, comercialice, oferte, intercambie y comparta imágenes, audios o videos de contenido sexual íntimo de una persona sin su consentimiento mediante materiales impresos, correo electrónico, mensajes telefónicos, redes sociales o cualquier medio tecnológico.

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El dictamen aprobado establece que las penas se agravarán en una mitad cuando la víctima sea familiar hasta el tercer grado, cuando exista o haya existido con la víctima una relación de matrimonio, concubinato, noviazgo o cualquier otra relación sentimental o de confianza, educativa o laboral.

El artículo 209 sanciona también las amenazas de difundir este tipo de imágenes.

kl

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