Declaran Monumento Artístico acervo personal de Octavio Paz

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A partir de mañana todos los bienes que constituyen el acervo personal del connotado escritor mexicano Octavio Paz, ganador del Premio Nobel de literatura 1990, son Monumento Artístico.

Ello luego que la Secretaría de Cultura publicó un acuerdo en el Diario Oficial de la Federación (DOF), que en su Artículo 1 declara Monumento Artístico los bienes del escritor.

Esta declaratoria, detalla el acuerdo, incluye cualquier formato o soporte, consistente en papeles, documentos y correspondencia privada, así como manuscritos y mecanuscritos de sus poemas, ensayos, artículos periodísticos, traducciones, fotografías y archivo bibliográfico.

El acervo, aclara, se encuentra en los domicilios ubicados en las calles Río Guadalquivir número 109, interiores 104 y 105; Lerma número 143, piso 6, ambos en la colonia Cuauhtémoc, alcaldía Cuauhtémoc; Plinio número 333, colonia Polanco, en Miguel Hidalgo, y Porfirio Díaz número 125, esquina Denver, colonia Noche Buena, en Benito Juárez; todos en la Ciudad de México.

En su Artículo 2, el acuerdo señala que el Instituto Nacional de Bellas Artes y Literatura deberá, en el ámbito de sus facultades, proteger dicho acervo conforme a la Ley Federal sobre Monumentos y Zonas Arqueológicos, Artísticos e Históricos.

Asimismo, aclara, que queda prohibida la exportación definitiva de los bienes que constituyen el acervo personal del poeta mexicano, quien es considerado una de las figuras más importantes de la literatura en español y universal.

“El Instituto Nacional de Bellas Artes y Literatura podrá autorizar la exportación temporal, atendiendo a la difusión de la cultura nacional en el extranjero, siempre y cuando no se afecte su integridad y se otorguen garantías confiables para su cuidado y asegurar su retorno”, indica el acuerdo en su Artículo 3.

Además, apunta, que la Secretaría de Cultura, por medio del Instituto Nacional de Bellas Artes y Literatura, podrá celebrar convenios con instituciones públicas y privadas, en el marco de la Ley Federal sobre Monumentos y Zonas Arqueológicos, Artísticos e Históricos.

Este acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el DOF, además, el Instituto Nacional de Bellas Artes y Literatura deberá realizar las gestiones necesarias a efecto de que la declaratoria sea inscrita en el Registro Público de Monumentos y Zonas Artísticos.

fgr

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