Christian Chávez hizo enojar a los mexicanos y a todo Internet, luego de que en un concierto de RBD sacó una bandera de México modificada que tenía los colores de la comunidad LGBT+, en lugar de que debe llevar el lábaro patrio.
A través de redes sociales circula un video en el que el cantante de la agrupación musical de pop sube al escenario con la bandera cambiada.
El artista levanta la bandera y la muestra a todo el público en pleno concierto y después de recibir varios gritos el cantante le pregunta a su público “Cómo vamos”. El video fue compartido en la propia cuenta de Instagram de Chávez.
Los comentarios negativos no dudaron en llegar y le advirtieron que se preparara para la funa. El video se viralizó y ahora en todo Internet está siendo atacado y criticado el integrante de RBD.
“La comunidad merece respeto, y eso no está en discusión pero no deben mezclarse las cosas”, “¿Así piden respeto a su "comunidad" cuando no respetan la bandera de nuestro país?”, “No estoy de acuerdo que saques esa bandera la gente te quiere como eres”, fueron algunos de los comentarios.
Además, los usuarios le recordaron que también sacó un traje de charro rosa, lo cual también causó indignación entre la comunidad de charros y entre los usuarios de México por cambiar otro símbolo de mexicanidad.
¿Christian Chávez podría ir a la cárcel por sacar bandera de México con colores LGBT+?
Los usuarios de las redes sociales han pedido que se castigue lo que hizo Christian Chávez de mostrar la bandera de México modificada.
En México existe la Ley sobre el Escudo, la Bandera y el Himno Nacionales en la cual se establecen las características de la bandera y señala que está prohibido alterar el lábaro patrio.
“Toda reproducción del Escudo Nacional deberá corresponder fielmente al modelo a que se refiere el Artículo 2o. de esta Ley, el cual no podrá variarse o alterarse bajo ninguna circunstancia”, se lee en el documento.
Dicha ley establece sanciones para quién no cumpla con lo que se establece en el documento.
“Se castigarán, según su gravedad y la condición del infractor, con multa hasta por el equivalente a doscientas cincuenta veces el salario mínimo, o con arresto hasta por treinta y seis horas. Si la infracción se comete con fines de lucro, la multa podrá imponerse hasta por el equivalente a mil veces el salario mínimo”, se lee en el documento.