Por posibles actos de tortura en contra de Luis Alberto "N", alias “El Diablo”, la Comisión de Derechos Humanos del Estado de Morelos inició la queja CDHM/1S.1/011/2023-VEAP en contra del personal del Centro Estatal de Reinserción Social Varonil “Morelos”.
La queja se centra en la posible tortura y desaparición forzada de las que presuntamente fue víctima Luis Alberto "N", alias “El Diablo”.
“El Diablo” fue detenido el 20 de abril del 2023 por la presunta comisión del homicidio de los hermanos Luis Javier y Luis Enrique, así como del feminicidio de Guadalupe Noemí, dos de ellos colaboradores del Instituto Nacional de Salud Pública (INSP) en Morelos.
En comunicado de prensa, la CDHM detalló que el lunes 24 de abril de 2023, Ibarra Martínez compareció en las instalaciones de ese organismo desde donde una persona que dijo ser hermana del detenido denunció a través de una llamada telefónica que presuntamente estaba siendo golpeado y torturado por personal de seguridad y custodia del Centro de Reinserción Social “Morelos” (CERESO) y por otras personas privadas de su libertad (PPL ́s); por lo que solicitó la investigación de los hechos y la gestión para que se brindara atención médica urgente ya que presentaba herida por proyectil de arma de fuego en la cabeza.
Fue a través de un documento que el organismo solicitó al encargado de despacho del CERESO un informe que incluyera copia certificada del certificado médico del ingreso de la PPL y la implementación de medidas precautorias, para realizar la valoración y atención médica del detenido, así como garantizar su integridad, estancia digna y segura.
Así mismo, el visitador especializado en Asuntos Penitenciarios se constituyó en el CERESO para realizar la entrevista respectiva al detenido, sin embargo, esta no fue posible porque el personal del área jurídica le informó que había sido llevado a una diligencia a la Ciudad Judicial.
Detalló que el 26 de abril de 2023, el encargado de despacho del CERESO informó que se realizó la valoración médica, diagnosticándolo como estable con heridas en proceso de cicatrización, no obstante, no anexó el certificado médico solicitado; asimismo, que mediante oficio número 06181/23, signado por la Juez Especializada de Control del Único Distrito Judicial del Estado, se ordenó su inmediata libertad por haberle dictado auto de no vinculación a proceso por lo que el visitador realizó una llamada telefónica a la hermana de Luis Alberto "N", para confirmar si este había obtenido su libertad y si era su deseo presentar una queja, confirmando que su hermano obtuvo su libertad pero que no sabía si presentaría la queja. Sin embargo, ese día por la tarde, la hermana llamó por teléfono a este organismo en seguimiento a la llamada que tuvo con el visitador, señalando que ella no sabía dónde está su hermano y que después de la audiencia del 25 de abril se despidió de su mamá, pero que ella iría a la Comisión a iniciar una queja debido el cateo realizado en su casa por la Fiscalía General del Estado.
Un día después se difundió a través del canal de YouTube “Diario Nacional”, un video que tiene como descripción: “Testimonio exclusivo después de su liberación de Luis Alberto “N”, en el que se aprecia que su vestimenta coincide las con características que son propias de las PPLS, lo que genera sospecha de que la declaración vertida en ese video habría sido grabada en las instalaciones del CERESO o en alguna otra perteneciente a la Comisión Estatal de Seguridad Pública (CES), y considerando lo manifestado en el numeral 2 respecto de los posibles actos de tortura, esta declaración pudo ser obtenida bajo coacción.
El organismo refiere que ha solicitado a la CES, a la FGE y al Juzgado Especializado de Control del Único Distrito Judicial en el Estado, que proporcionen los datos de localización, videograbaciones de las cámaras de vigilancia, boleta de liberación, constancia de entrega de pertenencias de egreso, bitácoras de salida y denuncias por tortura, entre otras, para tener certeza de que Luis Alberto "N" efectivamente fue puesto en libertad.
La CDHM aclaró que es ajena a la decisión judicial por la que se dejó en libertad a la persona detenida y únicamente realiza la investigación por cuanto a las presuntas violaciones a sus derechos humanos, descritas.
JVR