Tienen hasta el 2 de abril para presentarla

El ABC de la declaración anual 2022 de las personas físicas

La autoridad fiscal ya cuenta con un simulador de esta obligación e información precargada de los contribuyentes; si les resulta saldo a favor del ISR, pueden obtener devolución de impuestos

El ABC de la declaración anual 2022 de las personas físicas. Foto: Especial

Inicia abril y con él las personas físicas tienen que cumplir con sus obligaciones fiscales a través de la presentación de la declaración anual del ejercicio 2022, para lo cual en esta ocasión tendrán hasta el 2 de mayo.

Aunque la fecha límite para la presentación de la declaración anual de estos contribuyentes es el 30 de abril, este año cae en domingo por lo cual se extiende al siguiente día hábil, es decir, hasta el martes 2 de mayo, debido a que el 1 es feriado por la celebración del Día del Trabajo.

La declaración anual de las personas físicas debe contener la información de tus ingresos, deducciones autorizadas y personales, retenciones, así como pagos provisionales, información que ya está precargada y puede consultarse a través del portal del Servicio de Administración Tributaria (SAT) de una forma fácil y sencilla.

OBLIGADOS

Están obligadas a presentar la declaración anual del 2022 las personas físicas que obtengan ingresos en un año de calendario, con excepción de los exentos y por los que se haya pagado el impuesto definitivo.

  • Por Salarios
  • Cuando el monto de tus ingresos exceda 400 mil pesos.
  • Cuando dejes de prestar tus servicios antes del 31 de diciembre.
  • Si laboraste para 2 o más patrones de forma simultánea.

Por ingresos distintos a salarios, entre otros:

  • Servicios profesionales.
  • Actividades empresariales
  • Cobro de rentas por algún bien inmueble
  • Intereses o dividendos
  • Enajenación o adquisición de bienes
  • •Régimen Simplificado de Confianza (Resico)

INFORMACIÓN NECESARIA PARA PRESENTAR LA
DECLARACIÓN:

  1. Contraseña o e.firma vigente.
  2. Consultar el estatus del domicilio fiscal (este debe estar actualizado y localizado).
  3. Activa tu Buzón Tributario y actualiza los medios de contacto.
  4. Consulta los visores de nómin y deducciones personales.
  5. Consulta los CFDI de ingresos, gastos, retenciones e información de pagos.

SIMULADOR

Te permite conocer de manera previa la información sobre tus ingresos, deducciones autorizadas y personales, retenciones, así como pagos provisionales del Impuesto sobre la Renta (ISR) que hubieras efectuado.

INFORMACIÓN PRECARGADA

Las personas físicas pueden revisar la información precargada de su declaración a través del Visor de nómina, donde los trabajadores que reciben ingresos por salarios pueden verificar que sus recibos de nómina estén correctos.

También es posible checar en el Visor de deducciones personales para conocer todos los conceptos que han sido clasificados como deducciones personales para la declaración anual.

DEDUCCIONES PERSONALES

Estos son los gastos que las personas físicas pueden deducir de su declaración anual:

  • Gastos médicos y dentales
  • Gastos funerarios
  • Donativos
  • Colegiaturas
  • Aportaciones a la Afore o complementarias
  • Créditos hipotecarios
  • Primas de seguros de gastos médicos
  • Transporte escolar

DECLARA

Revisa la información precargada y, de no existir inconsistencias, presenta tu declaración anual del 2022, con fecha límite es el próximo 2 de mayo.

Si te resulta saldo a favor del ISR, selecciona que optas por su devolución, para poder aplicar la facilidad administrativa del sistema automático de devoluciones, la cual se resolverá en un plazo de 10 a 40 días hábiles.

RECIBE TU DEVOLUCIÓN

Para recibir tu devolución automática presenta tu Declaración Anual 2022 a más tardar el 31 de julio con contraseña, si el saldo a favor es igual o menor a 10 mil pesos o si el monto es mayor a 10 mil pesos y hasta 150 mil pesos, siempre y cuando utilices tu cuenta CLABE precargada.

Con e.firma, si tu saldo a favor es superior a 10 mil pesos y capturas una nueva cuenta CLABE.

¿CUÁNTO TARDA EL SAT EN HACER LA DEVOLUCIÓN?

El plazo natural de devolución del saldo a favor de tu declaración anual 2022 consta de hasta 40 días hábiles siguientes a la fecha en que se presentó la solicitud ante la autoridad fiscal. En tanto, las devoluciones automáticas llegan hasta en siete días hábiles, de acuerdo con el SAT.

¡EVITA MULTAS!

Debes considerar que le la multa por no presentar la declaración anual va de los mil 810 a los 22 mil 400 pesos. Esta sanción puede ser de hasta 44 mil 790 pesos por presentar la declaración a requerimiento de autoridad y fuera del plazo que se señale en dicho requerimiento.

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