"El Viceroy" ingresa a penal de Puente Grande en Jalisco

Foto: Archivo

Vicente Carrillo Fuentes, El Viceroy, fue consignado este martes al penal federal de máxima seguridad número dos, Puente Grande, Jalisco.

Al tiempo, quien fuera líder del Cártel de Juárez decidió no ratificar un juicio de amparo que un tercero promovió en su nombre, por presunta incomunicación tras su captura.

La Procuraduría General de la República confirmó la consignación de El Viceroy al penal federal desde donde deberá enfrentar, pro ahora la cinco órdenes de aprehensión que había en su contra por delitos relacionados con el narcotráfico.

Además de que deberá estar a la espera de nuevas acusaciones que la PGR realice en su contra pues de acuerdo con las autoridades federales está relacionado con múltiples averiguaciones previas del fuero común y federal.

En tanto, del amparo 993/2014, notificó el Juzgado Cuarto de Distrito de Amparo en Materia Penal del Distrito Federal, cuyo titular declaró como “no presentado” el citado recurso judicial.

Francisco Javier Sarabia Ascencio, titular de dicho juzgado, explicó su decisión y advirtió que aunque el juicio de amparo se promovió a nombre de El Viceroy, éste se negó a reconocer y ratificar dicha demanda.

“Con la fundamentación inicialmente referida agréguese a sus autos la diligencia signada por la fedataria judicial adscrita a este órgano de control constitucional, de la que se advierte que:

“Al constituirse legalmente en las instalaciones de la SEIDO con el fin de notificar a Vicente Carrillo Fuentes, la demanda interpuesta a su favor por Luis Sotelo Ramírez, quien al tener a la vista al referido Carrillo Fuentes, le hizo saber el motivo de su visita y al darle lectura a la demanda de amparo, manifestó no ratificar dicha demanda.

“En atención a lo anterior, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 15 de la Ley de Amparo, se tiene por no presentada la demanda promovida por Luis Sotelo Ramírez a favor de Vicente Carrillo Fuentes”, dijo el Juez Sarabia Ascencio.

La demanda de amparo se promovió el pasado viernes 10 de octubre contra actos del Ministerio Público adscrito a la SEIDO, por la presunta incomunicación en contra de Carrillo Fuentes.

Quien promovió el amparo explicó que a Carrillo Fuentes se le violaron sus garantías previstas en los artículos 14, 16 y 22 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

El primero de ellos se refiere al derecho de todo ciudadano a que no se le apliquen de manera retroactiva la Ley; el segundo al derecho de no ser molestado en su persona, bienes y derechos sin mandato de un Juez.

Y el último de ellos se refiere a la prohibición de aplicar las penas de muerte, de mutilación, de infamia, la marca, los azotes, los palos, el tormento de cualquier especie, la multa excesiva, la confiscación de bienes y cualesquiera otras penas inusitadas y trascendentales.

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