La Cámara de diputados aprobó con 390 votos a favor modificar el Código Penal Federal y la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación para sancionar el robo en autotransporte en carreteras Federales.
El dictamen avalado y que fue enviado al Senado menciona en su artículo 376 Ter a quienes roben a los conductores, usuario de autotransporte federal de carga, pasajeros, turistas o personas de transporte privado serán sancionados con una pena de 6 a 12 años de prisión cuando el objeto robado sean las mercancías.
Pero si se trata sólo de equipaje o valores de turistas o pasajeros, en cualquier lugar del trayecto del viaje e independientemente del valor de lo robado, la sanción va de 2 a 7 años de cárcel.
Se menciona que la pena de prisión aumentará en un tercio cuando exista apoderamiento del remolque o semirremolque y sea utilizado para cometer otro acto ilegal.
También acrecentará en una mitad cuando sea un servidor público quien cometa o participe en el robo y éste tenga o desempeñe funciones de prevención, investigación, persecución del delito o ejecución de penas, y con independencia de la sanción penal, será inhabilitado para desempeñar cualquier empleo o cargo público por un tiempo igual al de la pena de prisión impuesta.
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