La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) rechazó dos nuevas impugnaciones en contra de la Ley de Seguridad Interior, aprobada y promulgada antes de fin de año.
Consideró que las acciones promovidas por la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal (CDHDF) y del estado de Querétaro son improcedentes, al respecto el ministro Jorge Pardo Rebolledo detalló que no cuentan con la legitimidad para presentar dichas controversias.
Aseveró que en la ley no existe un apartado que dé el poder a una comisión local de derechos humanos a presentar una controversia en contra de alguno de los Poderes de la Federación y recordó que sólo pueden actuar contra leyes expedidas en sus respectivos congresos.
En tanto, Pardo Rebolledo admitió una controversia presentada por el municipio de Hidalgo del Parral, Chihuahua, que considera que la ley aprobada el último mes del 2017 por el Congreso de la Unión vulnera el control del municipio al ceder el poder de la seguridad pública a las Fuerzas Armadas sin antes consultar a las autoridades estatales o municipales.
Como parte del proceso de las controversias, el ministro solicitó a las cámaras de Diputados y Senadores a enviar un informe sobre los antecedentes legislativos de la Ley de Seguridad, documentación que debe ser entregada en un plazo de 15 días.
Diputados y senadores presentan acción de inconstitucionalidad contra Ley de Seguridad Interior. #PodcastCercaDeTi http://t.co/Cll5TAFWpx
— Suprema Corte (@SCJN) 25 de enero de 2018
srv