En los últimos años se ha observado un incremento de las operaciones superiores a los 250 mil pesos que se pagan con dinero en efectivo, ya sea en moneda nacional o dólares, y que deben evitarse porque pueden ser objeto de investigación por lavado de dinero.
El fiscalista Abimael Zavala Martínez, integrante del Ilustre y Nacional Colegio de Abogados de México (Incam), advirtió que se ha detectado un aumento en ese tipo de operaciones, por lo que la gente debe saber que hay restricciones al respecto.
Y es que, la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita establece la restricción de liquidar o pagar, así como de aceptar la liquidación o el pago de actos u operaciones mediante el uso de monedas y billetes en moneda nacional o cualquier otra divisa y metales preciosos.
El experto detalló que los umbrales de restricción de uso de efectivo se refieren a casos como la compraventa de inmuebles, donde el monto máximo autorizado es de 646 mil 815 pesos, mientras que en otros casos el pago no debe ser mayor a 258 mil 726 pesos.
Este último monto no debe rebasarse en la compraventa de vehículos nuevos o usados, ya sean aéreos, marítimos o terrestres; compraventa de relojes; joyería; metales preciosos y piedras preciosas, ya sea por pieza o por lote y de obras de arte, señaló Zavala Martínez.
El también socio director del despacho Zavala Abogados dijo en un comunicado que reducir el uso de efectivo previene no sólo el lavado de dinero, sino también la defraudación fiscal y la economía informal, entre otros.
Otras operaciones con restricción son la adquisición de boletos para juegos con apuesta, concursos o sorteos; así como la entrega o pago de premios por haber participado en dichos juegos con apuesta, concursos o sorteos, así como servicios de blindaje y compra venta de acciones o partes sociales, y, arrendamiento de inmuebles, nuevos o usados.
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