SAT lanza nuevo proceso para la cancelación de facturas

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El 1 de noviembre entrarán en vigor el nuevo esquema de cancelación de facturas y la emisión del Recibo Electrónico de Pago (REP) para pagos diferidos o en parcialidades, medidas necesarias para evitar la evasión fiscal, consideró el fiscalista Abimael Zavala Martínez.

El integrante del ilustre y Nacional Colegio de Abogados recordó que los causantes podían cancelar sus Comprobantes Fiscales Digitales (CFDI) sin ningún tipo de restricción, lo que ocasionaba suspicacias sobre todo en las ventas al público en general.

Ahora se requerirá además de avisar al Servicio de Administración Tributaria (que prorrogó esta medida al 1 de noviembre) la autorización por parte del comprador para la cancelación de facturas, como está previsto en el artículo 29-A del Código Fiscal de la Federación, en el cual se requiere la aceptación de la persona a favor de quien se expidió.

El SAT detectó que muchas personas cancelaban ciertos recibos al final del ejercicio fiscal, para reducir los ingresos que habían percibido, señaló Zavala Martínez en un comunicado.

Por ello, dijo, ahora las facturas sólo podrán cancelarse enviando una solicitud a través del portal del SAT o mediante un proveedor de certificación. El receptor de la factura recibirá un mensaje en su Buzón Tributario, en el que se le informará que existe una solicitud de cancelación.

El receptor deberá aceptar o rechazar la cancelación dentro de los tres días hábiles siguientes, contados a partir de la recepción de la solicitud. Si no hay respuesta de su parte, la factura se considerará como cancelada.

El experto señaló que este nuevo proceso es un acierto de la autoridad hacendaria y con ello se generan más herramientas para evitar algún tipo de evasión fiscal.

Con información de Notimex.

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