PAN, PRI y PRD impugnan en la Corte figura de 'superdelegados'

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Los coordinadores del PAN, PRI y PRD en la Cámara de Diputados presentaron una acción de inconstitucionalidad en contra de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 30 de noviembre.

El grupo del Partido Acción Nacional (PAN) informó que el documento entregado ayer en la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) argumenta cinco puntos que demuestran violaciones que se cometieron al aprobar diversos cambios en esa ley.

Consideraron que en el procedimiento legislativo en el que se aprobó el decreto de reformas a diversos artículos y que crea la figura de los 'superdelegados' se violaron los principios de legalidad y democracia representativa.

Ello porque el dictamen aprobado fue realizado después de un procedimiento viciado, que impidió el cumplimiento de las formalidades de la Ley Orgánica del Congreso, así como el reglamento de la Cámara de Diputados.

Los legisladores argumentaron inconsistencias, como que pese a que el 13 de noviembre se levantó la sesión, el mismo día, en una sesión ordinaria nueva y posterior, se aprobó indebidamente la ley.

Además, opinaron, hubo un ejercicio arbitrario y discrecional por parte de la Mesa Directiva, que decidió discutir esta propuesta de ley sólo en la Comisión de Gobernación y Población, aunque se necesitaba la opinión de las de Seguridad Pública, Economía, Comercio y Competitividad, y Federalismo y Desarrollo Municipal.

También señalaron que la Comisión de Gobierno y Población incumplió con la obligación prevista en el numeral 3 del Artículo 177 del reglamento, pues envió el dictamen con sólo dos días de anticipación y en día inhábil.

"Claramente no fue un trabajo que haya permitido exponer, discutir y analizar a cabalidad todos y cada uno de los artículos que fueron objeto de la reforma", sostuvo la oposición.

Por eso, sostiene, el decreto impugnado no es propio de una democracia representativa, en tanto que los principios de deliberación y respeto al derecho de las minorías no fue tutelado.

Además los partidos juzgaron que hubo una violación a la soberanía de las entidades federativas prevista en la Constitución.

Los legisladores de PAN, PRI, Movimiento Ciudadano y PRD reiteraron su inconformidad por la nueva figura de 'superdelegados' y denunciaron la aparición de un sistema centralista que rompe con la autonomía de las entidades federativas y la descentralización política.

Advirtieron que la creación de los llamados 'superdelegados' genera un estado generalizado de incertidumbre, en perjuicio de los principios de legalidad y seguridad jurídica.

Afirman que se les asigna un amplio margen de discrecionalidad para operar y crear su propia estructura en torno a los programas que entregan beneficios sociales directos a la población.

Ello, agregaron, sin la previsión de mecanismos de control y garantías institucionales y por el contrario con la permisión al 'superdelegado' para crear su ejército de funcionarios adscritos a esta labor se abre un gran espacio para el ejercicio arbitrario del poder.

Rechazan nuevas funciones

En un tercer punto se considera una violación del decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Constitución en materia de energía, publicado el 20 de diciembre de 2013.

Las bancadas destacaron que resulta inconstitucional la adición propuesta al Artículo 33, fracción XXI, que establece que la Secretaría de Energía coordinará, con la Comisión Reguladora de Energía, la determinación de las tarifas reguladas de los servicios establecidos en la ley de la industria eléctrica.

La modificación propuesta contraviene el mandato constitucional mediante el cual se otorga autonomía técnica a los órganos reguladores en materia de energía de que sean éstos los que fijen de manera independiente las cuestiones técnicas que implica la implementación de las disposiciones en la materia.

Otro punto es la presunta violación a lo dispuesto en los artículos 14, 28 y 90 de la Constitución con lo planteado en el segundo párrafo de la fracción VII del Artículo 43 de la ley.

Lo anterior porque ahora la Consejería Jurídica nombrará y, en su caso, removerá a los titulares de las unidades encargadas del apoyo jurídico de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal.

Los legisladores de oposición afirman que esto es inaceptable porque los Órganos Reguladores Coordinados, señala el Artículo 28 de la Constitución, cuentan con personalidad jurídica propia.

Además tienen autonomía técnica y de gestión en su función, por lo que no tienen que estar sujetos o sometidos jerárquicamente a otra instancia o dependencia dentro del propio Ejecutivo federal.

El quinto punto argumenta una presunta violación a lo previsto en los artículos 14, 16 y 134 de la Constitución, derivado de lo dispuesto en el Artículo 31, fracciones XXV y XXVI de la ley en cuestión.

Lo anterior en relación con la facultad de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público de planear la política en materia de contrataciones públicas y la consolidación de los procedimientos de compra de bienes y servicios.

Los diputados insisten en que el dictamen emitido por la Comisión de Gobernación y Población ni siquiera aborda con claridad las argumentaciones que sirvieron de sustento para justificar el cambio de esas atribuciones, que antes correspondían a la Secretaría de la Función Pública y algunas de ellas contravienen otras leyes como la de Adquisiciones.

Con información de Notimex

kl

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