El Senado prevé aprobar mañana la eliminación de la figura del arraigo de la Constitución, con base en la recomendación de la Organización de las Naciones Unidas (ONU) y de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), por ser violatoria de las garantías individuales de las personas; además de que ya no se aplicaba desde 2015.
En las consideraciones del dictamen respecto a la minuta que deroga el octavo párrafo del artículo 16 de la Constitución, avalado por todos los partidos políticos, se establece que esta figura jurídica es arbitraria e incompatible con el principio de presunción de inocencia y con el derecho a la libertad personal.
Sobre el tema, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) estableció que esta medida cautelar en la Constitución coarta el principio de presunción de inocencia a partir del nuevo sistema penal acusatorio, derivado de la reforma de 2008.
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“La presunción de inocencia es un derecho que puede calificarse de poliédrico, tiene múltiples manifestaciones o vertientes relacionadas con garantías encaminadas a regular distintos aspectos del proceso. El objetivo no es determinar si una persona es inocente o culpable, sino privarla de su libertad con el fin de obtener información que pudiera ser utilizada con posterioridad para la etapa del juicio”, se ha denunciado.
Según la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) en los dos primeros años que entró en vigor el arraigo, 38 por ciento de las quejas generadas se refirieron a detenciones arbitrarias y 41 por ciento a tratos crueles, inhumanos y degradantes, mientras 26 por ciento presentó ambas violaciones.
Entre los casos en los que se acreditó tortura destacan golpes, ahogamientos, fracturas y aplicación de descargas eléctricas, reveló la CNDH en un escrito enviado a la Mesa Directiva de la Cámara alta, en el que abordó las consideraciones para eliminar esta figura.
El presidente de la Comisión de Puntos Constitucionales, Eduardo Ramírez, dijo que esta medida se presta también a la fabricación de delitos.