Ventas por catálogo, bebidas, cigarros... libran impuestos

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Foto: larazondemexico

La Cámara de Diputados aprobó, en lo general y en lo particular, el dictamen de la miscelánea fiscal 2020, y lo turnó al Senado de la República para su discusión y ratificación.

Los legisladores avalaron en lo general con 300 votos a favor, 127 en contra y dos abstenciones, y posteriormente en lo particular, con 290 votos a favor, 123 en contra y cero abstenciones.

En lo que corresponde a la Ley del Impuesto al Valor Agregado (IVA), se avaló cobrarlo en las transacciones que se hagan en plataformas digitales, como son Amazon, Mercado Libre, Uber, con excepción de firmas dedicadas a publicidad, como Facebook y Google, así como las dedicadas al almacenamiento de datos.

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Se quitó la penalidad a las plataformas digitales de suspender sus páginas de internet en caso de omitir sus obligaciones.

Se precisó que las sanciones en economía digital sólo podrán ser impuestas por un administrador general del Sistema de Administración Tributaria (SAT), y se modificaron diversos artículos para facilitar el pago de impuestos a quienes utilizan plataformas digitales, a fin de ofertar sus bienes y servicios.

En ese sentido, se determinó ampliar el plazo a partir del cual tendrán que cumplir con sus nuevas obligaciones, y se disminuyó la retención del Impuesto Sobre la Renta (ISR) en los casos en los que el usuario proporcione su Registro Federal de Contribuyente (RFC), lo que les da la posibilidad de que durante el ejercicio de 2020 puedan emitir un comprobante.

En la Ley del Impuesto Sobre la Renta, los legisladores hicieron modificaciones para que el 100 por ciento del gravamen causado por la enajenación de bienes de personas físicas, se destine a los estados y municipios, en lugar del cinco por ciento que reciben actualmente.

Además, se hicieron cambios en cuanto a los procedimientos para limitar la deducción de intereses, ampliando el plazo a 10 años. Se rechazó la propuesta original del Gobierno de cobrar el ISR a quienes venden productos por catálogo, otorgando a su vez una facultad al SAT para que diseñe un esquema que les simplifique el pago de sus impuestos. En cuanto al Impuesto Especial sobre Producción y Servicios (IEPS), las cuotas a tabacos y bebidas se hará con base en la inflación real.

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