El pleno de la Cámara de Diputados aprobó el dictamen que modifica el Código Civil Federal y la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes para que los apellidos de un menor se establezcan en el orden que los padres decidan.
Con 386 votos a favor, cuatro abstenciones y 14 en contra, se avaló que el juez del Registro Civil especifique expresamente en el acta de nacimiento el orden convenido de los apellidos, el cual deber ser igual para otros hijos de la pareja.
Sin embargo, la autoridad decidirá el orden si los progenitores no se ponen de acuerdo y pondrá nombre y apellidos a un menor que sea hijo de padres desconocidos, lo que tendrá que estipular en el acta.
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En el artículo segundo transitorio del documento, enviado al Senado para su discusión y votación, se establece que, a partir de la entrada en vigor del decreto, los congresos locales contarán con un plazo de 120 días para armonizar su legislación con lo establecido en este decreto.
Al fundamentar el dictamen de la Comisión de Justicia, la diputada Mariana Dunyaska García Rojas (PAN) recordó que en 1980 México suscribió la convención para la eliminación de todas las formas de discriminación en contra de la mujer.
Este instrumento, agregó, establece la obligación estatal de modificar patrones socioculturales para eliminar prejuicios y prácticas recurrentes basadas en la idea de inferioridad o superioridad de cualquiera de los sexos.
El artículo 16, detalló la legisladora panista, establece que los estados deben adoptar medidas para eliminar la discriminación en contra de la mujer y reconocer los mismos derechos y responsabilidades como progenitores y los mismos derechos personales como marido y mujer, entre ellos el elegir el apellido.
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