FGR impulsa en reforma incluir "saña" en casos de feminicidios

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El delito de feminicidio podría alcanzar una pena de hasta 81 años de prisión, de acuerdo con la propuesta de reforma al Código Penal Federal que presentó la Fiscalía General de la República (FGR) a la Cámara de Diputados.

Con la modificación del artículo 325, pasarían de siete a 13 las causales para su tipificación. Los ya existentes son que hubiera violencia sexual, lesiones, antecedentes de violencia, que haya existido una relación sentimental entre el agresor y la víctima, antecedentes de amenazas, que la mujer haya sido incomunicada y que su cuerpo haya sido expuesto en un lugar público.

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EL DATO: Hoy miércoles se volverán a reunir funcionarios de la FGR y diputados para trabajar el documento final que será presentado la próxima semana ante el pleno de San Lázaro.

A lo anterior se suman otros motivos para considerar que un crimen se cometió por razones de género, entre ellos se agrega la celotipia (es decir, que se hubiera cometido por celos).

También que la víctima haya sido obligada a realizar actividades de trabajo contra su voluntad o se haya ejercido contra ella la trata; que estuviera embarazada y el agresor lo supiera; que se manifieste desprecio, odio o misoginia contra ella; que estuviera en desventaja ante su agresor; que el criminal sea chofer de un transporte de pasajeros, que la víctima sea mayor de 60 o menor de 18 años, indígena o que no comprenda o pueda evitar los hechos.

La propuesta mantiene la pena de 45 a 65 años de prisión que avaló la Cámara de Diputados el pasado 18 de febrero, pero agrega que la pena se incrementará hasta en una cuarta parte si quien comete el crimen es un servidor público o son más de dos los agresores. Es decir, la pena alcanzaría de 56 a 81 años de prisión.

La propuesta de la FGR también contempla agregar un artículo 325 Bis al Código Penal Federal para que en los casos en que la autoridad no logre acreditar ninguna de las 13 causales señaladas para castigar como feminicidio, se catalogue como homicidio calificado.

En este caso, la FGR propone modificar los artículos 316, 318 Bis y 318 Ter, también del Código Penal Federal, para incluir “saña y odio” para clasificar el homicidio doloso calificado y aclarar que la “ventaja” del agresor deberá entenderse cuando se trata de una persona mayor de 60 años o menor de 18.

Mientras que el agravante de “saña” se refiere a cuando se cometen actos para aumentar el dolor provocado a la víctima, o simplemente cuando se actúe con crueldad. El juez deberá entender que existe odio cuando el agresor ataca a una persona por su nivel económico, por pertenecer a un grupo determinado, por su nacionalidad o lugar de origen, por su sexo, lengua, género, religión, edad, discapacidad, orientación sexual o identidad de género, entre otras. El organismo propone incrementar cinco años a la pena máxima para homicidio calificado, que llegaría a 65 años de prisión.

La diputada Pilar Ortega, presidenta de la Mesa Técnica instalada la semana pasada entre diputados y el titular de la FGR, Alejandro Gertz, dijo que los legisladores evaluarán la propuesta, que consideró contiene elementos viables, pero “si sólo se queda en el Código Penal, no servirá de casi nada, porque no hay delitos documentados de feminicidios en el ámbito federal”.

Agregó que buscan que esta reforma sea adoptada por las entidades federativas y por ello se busca llevar el tema a la Conago y a los congresos locales, como fue el compromiso de Gertz Manero.

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