TEPJF tira inconformidad de la oposición

No se debe sancionar a AMLO por caso BOA, ratifica Tribunal Electoral

Los magistrados del TEPJF resolvieron que no hay elementos para suponer que el hecho se vuelva a repetir; la queja fue interpuesta por el PAN, el PRD y una diputada por promocionar un acto político

Andrés Manuel López Obrador, Presidente de México.
Andrés Manuel López Obrador, Presidente de México. Foto: Cuartoscuro

La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) aprobó, por unanimidad, la decisión del INE de no imponer sanciones al Presidente Andrés Manuel López Obrador por usar la tribuna de las conferencias matutinas para dar a conocer un presunto complot político en su contra.

Los magistrados del TEPJF ratificaron la decisión de la Comisión de Quejas del Instituto Nacional Electoral (INE) en el sentido de que no se pueden imponer medidas cautelares al Presidente ni a su vocero, Jesús Ramírez Cuéllar, pues no hay elementos para suponer que se trate de una medida que sea una acción repetitiva. Tampoco existen elementos para establecer que se volverá a repetir.

El PAN y el PRD se habían inconformado porque en la conferencia de prensa que ofrece todas las mañanas el Presidente a medios nacionales de comunicación, y que se transmite a través de diversas plataformas digitales, se utilizó para presentar un documento denominado “Rescatemos México”, el cual presuntamente fue elaborado por un grupo que se autodenomina “Bloque Opositor Amplio (BOA)”, pero no se tiene certeza de su origen, reconocieron tanto el Presidente de la República como su vocero.

El documento fue presentado el 9 de junio y de acuerdo con los partidos políticos que se inconformaron, así como la diputada Marcela Torres Peimbert, se utilizaron recursos públicos para promocionar un acto político por lo que debía ser sancionado y el INE debió garantizar que no habría una repetición del mismo. Sin embargo, la decisión de la Comisión de Quejas fue contraria por lo que promovieron un recurso de revisión en el TEPJF que tampoco les dio la razón.

gi