Proponen castigo a quienes no voten en elecciones

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La senadora del PAN, Nadia Navarro propuso sancionar a quien se abstenga de votar en las elecciones, sin que exista una causa justificada de por medio, con la suspensión de sus derechos electorales y el impedimento de realizar trámites gubernamentales.

Tras señalar que el objetivo es combatir el abstencionismo electoral, planteó que en el Padrón Electoral se incluya una tercera sección, en la cual se asienten los datos de los ciudadanos infractores al deber de votar, ya que en México sufragar es un derecho y una obligación.

Dijo que “existe un abstencionismo apático motivado por la pereza, la ley del mínimo esfuerzo, unida a la falsa convicción de la escasa importancia del voto individual y la ignorancia de las consecuencias de la abstención".

La legisladora en su exposición de motivos, comentó que el Artículo 35 constitucional garantiza el derecho al voto en México del ciudadano para "votar en las elecciones populares". Además, el artículo 36 fracción III, menciona que es una obligación de los ciudadanos "votar en las elecciones y en las consultas populares, en los términos que señale la ley".

Sin embargo, destacó que en nuestro país existe un alto abstencionismo debido a una voluntad de rechazo del sistema político, de la convocatoria electoral o de no identificación con ninguno de los líderes, candidatos o programas políticos en competencia.

“El abstencionismo golpea fuertemente la democracia siendo necesario adoptar medidas para su disminución, sin contar el costo financiero que esta práctica representa para el Estado mexicano”, apuntó Navarro Acevedo en su iniciativa de reforma a la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, en materia de obligación del voto.

Recordó que en otros países del continente ya se sanciona el abstencionismo como el caso de Argentina donde no ir a votar se multa a la persona desde 50 a 500 pesos, y de no pagarla no puede realizar gestiones o trámites durante un año ante los organismos estables nacionales, provinciales o municipales.

Mientras que en Bolivia donde también el voto es obligatorio, se incumplimiento se sanciona con multa fijada por la Corte Nacional Electoral, en caso de no cubrirla se convertirá en arresto.

La iniciativa con proyecto de decreto que reforma los artículos 128, 447.1 y 456. 1 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, fue turnada a las Comisiones Unidas de Gobernación, y de Estudios Legislativos.

grr

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