Viola la laicidad del Estado

Spot del presidente en que habla del Papa no debe transmitirse, reitera TEPJF

Por unanimidad, los magistrados consideraron que la Comisión de Quejas y Denuncias del INE actuó correctamente al ordenar que ya no fuera difundido

El 31 de agosto, la Comisión de Quejas del INE acordó aplicar las medidas cautelares consistentes en ordenar que el spot no sea transmitido. Foto: Captura de pantalla.

El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación ratificó la suspensión de un promocional del segundo informe de gobierno del presidente, Andrés Manuel López Obrador, donde hace referencia al Papa Francisco y hace alusión al evangelio.

Por unanimidad, los magistrados consideraron que la Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral actuó correctamente al ordenar que ese promocional ya no fuera difundido.

Los días 24 y 25 de agosto, con motivo del segundo informe de gobierno del presidente de la República se inició la difusión en radio y televisión del promocional denominado “TVC1952020”, en el que se hace alusión al Papa Francisco.

El 28 de agosto el PRD y el PAN presentaron quejas por la difusión de esos promocionales y pidieron que se analizara por los magistrados en un Procedimiento Especial Sancionador, pues se utilizan o se hace alusión a símbolos o imágenes de carácter religioso.

El 31 de agosto, la Comisión de Quejas del INE acordó aplicar las medidas cautelares consistentes en ordenar al presidente de la República y, por conducto de la Dirección General de Cinematografía, a las concesionarias involucradas que se abstengan de difundir el promocional.

En oposición, el 2 de septiembre, el director general de Radio, Televisión y Cinematografía de la Secretaría de Gobernación, Rodolfo González, interpuso un recurso de revisión del Procedimiento Especial Sancionador y señaló entre otros motivos que dicho spot no tenía la finalidad de influir en algún proceso electoral.

KA

Temas: