El Tercer Tribunal Colegiado en Materia Penal de la Ciudad de México ratificó la negativa de amparo promovida por Emilio Lozoya para declarar prescritos los delitos investigados por la Fiscalía Especializada en Delitos Electorales (FEDE) sobre supuestos sobornos realizados por la empresa Odebrecht para financiar las campañas electorales del PRI en 2012 y 2015.
En su resolución el Tribunal Colegiado ratificó la decisión de la Juez Octava de Distrito que negó el amparo por considerar que los delitos no habían prescrito, como argumentó la FEDE en junio de 2019, cuando determinó que los delitos por sobornos de Odebrecht, que presuntamente fueron usados en las campañas para presidente de la República en 2012, habían prescrito y sólo daba oportunidad de revisar si los recursos también fueron usados en el proceso para renovar diputados federales en 2015 y la gubernatura de Chihuahua, donde el PRI llevó a cabo la operación “Safiro”.
La ratificación de la negativa para amparar a Lozoya Austin abre la posibilidad de que la Fiscalía General de la República (FGR) pueda ampliar las investigaciones en torno al exdirector de Petróleos Mexicanos (Pemex) y los sobornos, que ya confesó recibió de la empresa brasileña Odebrecht, hasta las elecciones presidenciales de 2012 y las intermedias de 2015.
El amparo, promovido con el expediente 548/2019, le solicitaba al juzgado octavo impedir que continuaran las averiguaciones por presunto financiamiento ilegal de campañas en 2012 y 2015, pero la jueza negó la protección judicial, la defensa impugno y tocó al Tercer Tribunal resolver en definitiva, por lo que negó el amparo a Emilio Lozoya. La FEDE puede continuar con las pesquisas, que inició desde la Fiscalía Especializada para la Atención de Delitos Electorales (FEPADE) Santiago Nieto y que provocaron su salida de la dependencia en 2017.
ntb