En mayo de 2019, Teresa García solicitó ante un juzgado la pensión alimenticia, ya que un año atrás el papá de sus dos hijas se separó de ella, pero también de sus responsabilidades de manutención. El trámite se prolongó durante ocho meses, y aunque a partir de enero comenzó a recibir pensión, para abril de 2020 el hombre dejó de trabajar y se esfumó.
Sólo me dieron la pensión durante cuatro meses (...) el papá se esconde, dice que no tiene trabajo, la verdad es dar muchas vueltas"Teresa, madre de dos niñas
“Solo me dieron la pensión durante cuatro meses, entonces la verdad es dar muchas vueltas, el papá se esconde, dice que no tiene trabajo, y muy difícil, la verdad, por eso yo creo que está bien la propuesta, porque no es que yo quiera en la cárcel al papá, pero creo que con esa amenaza pues sería mucho más fácil que pague lo que es su obligación”, expuso Teresa a La Razón, quien desde hace medio año consiguió empleo en el área de limpieza en una oficina de correos.
Y es que para quienes buscan que sus exparejas cumplan con el pago de la pensión, es un verdadero viacrucis.
De acuerdo con datos del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi), en nuestro país 67.5 por ciento de las madres no reciben pensión alimenticia; y tres de cada cuatro hijos separados tampoco reciben pensión alimenticia.
Para darse una idea de lo que representa el fenómeno social, basta con el reporte que en 2018 realizó también el Inegi, con base en información registrada en los juzgados de lo familiar, mixtos y civiles, y en las oficialías del Registro Civil de las entidades federativas.
En ese año se registraron en México 156 mil 556 divorcios y 501 mil 298 matrimonios, es decir, que por cada 100 matrimonios ocurrieron 31.2 divorcios. 91.1 por ciento del total de los divorcios fueron resueltos por vía judicial, mientras que el 8.9 por ciento lo hicieron por la vía administrativa.
Las entidades que registraron las mayores tasas de divorcios por cada 10 mil habitantes fueron Nuevo León con 30.0, Aguascalientes con 25.4 y Chihuahua 24.1, mientras que la tasa nacional fue de 12.5.
Las principales causas del divorcio a nivel nacional fueron el divorcio incausado con el 60.4 por ciento, seguido por el mutuo consentimiento con el 36.0 por ciento y por la separación por dos años o más con el 1.4 por ciento.
Ante el aumento de divorcios, las mujeres se enfrentan a una situación de vulnerabilidad, en virtud de la preocupación por los hijos y la situación económica posterior. En este contexto, la pensión alimentaria es fundamental, la cual, en su acepción general, no solo se refiere a la satisfacción de las necesidades nutricionales, sino también, de vestido, habitación, atención médica y, en caso de los menores, educación.
En ese contexto, el pasado 25 de septiembre la diputada de Morena, Maribel Aguilera, presentó una propuesta para considerar un delito el impago de la pensión alimenticia con penas de hasta cinco años de cárcel, y se facilita a los ministerios públicos actuar de oficio ante la negativa de quienes deben cumplir con dicha responsabilidad.
La gran mayoría de los maridos, en lugar de andar buscando cómo cumplir con la sentencia, buscan no cumplir, y los perjudicados son los propios hijos. Es necesario reformar la ley, pero no sólo el Código Penal Federal, sino homologar la ley en todas las entidades del paísOctavio Pérez, integrante del Colegio de Abogados
Actualmente, el artículo 337 del Código Penal Federal, establece multas de 180 a 360 días y penas de un mes a cinco años de prisión, para quien comenta el delito de “abandono de hijos”, pero no contempla ninguna pena para quien incumple con el pago de la pensión alimenticia.
De acuerdo con el dictamen, esto permitirá eliminar “cualquier interpretación ambigua de los operadores jurídicos y abogados”, quienes normalmente buscan huecos legales para que sus clientes no paguen la pensión.
Otra de las propuestas que se impulsa desde el legislativo, es la “Ley Quemón” del Partido Revolucionario Institucional (PRI), que pretende crear el Registro Público Nacional de Deudores Alimenticios para exhibir a quienes no pagan pensión alimenticia.
“Con esta medida, las empresas o personas que contraten a empleados, podrán revisar este registro y en caso de tener una deuda de pensión alimentaria, pueda formar convenio con los tutores o medres de familia para que se deposite parte del sueldo directamente en beneficio de la manutención de los hijos”, explicó a La Razón la diputada Cynthia López, una de las promoventes del proyecto.
Con ley actual, es fácil evadir la responsabilidad: abogado
“Es muy común que lleguen mujeres con sentencias en materia familiar pero no las pueden ejecutar, todo lo que se desgastaron en el tribunal no se ve retribuido porque hay maneras, los abogados encontramos maneras de eludir esas responsabilidades impuestas por un juez”, reconoció Octavio Pérez Paz, maestro en derechos e integrante de la Barra Mexicana, Colegio de Abogados.
Actualmente, el monto de una pensión alimenticia se calcula de dos formas por el juez: cuando no hay manera de corroborar ingresos fijos del padre se hace a través de una cantidad determinada de “salarios mínimos”, mientras que cuando hay un sueldo fijo lo que se establece es un porcentaje que se retiene vía nómina.
En promedio cuando es vía nomina se establece un 15 por ciento del sueldo por cada hijo. Si son dos hijos es un 30 por ciento, si son tres es un 45 por ciento y así sucesivamente.
Pese a ello, la ley establece que la pensión alimenticia “puede suspenderse o terminar cuando el que deba dar alimentos no tenga medios para cumplir con su obligación”.
Entre las argucias legales para eludir la responsabilidad de la pensión, explicó Octavio Pérez, destaca que el deudor manifiesta que su salario es inferior al que realmente percibe; que se coloca intencionalmente en estado de insolvencia; que se declara trabajador eventual; e incluso que cambie de domicilio y no sea posible ubicarlo.
“Sí, coincido en que no se debería pasar por ese viacrucis, porque es un viacrucis. La gran mayoría de los maridos, en lugar de andar buscando cómo cumplir con la sentencia, buscan no cumplir, y los perjudicados son los propios hijos. Considero que es necesario reformar la ley, pero no sólo el Código Penal Federal, sino homologar la ley en todas las entidades del país”, puntualizó.
Pelear por meses para recibir 400 pesos
La pelea legal que Teresa Ayala dio en los tribunales, le permitió acceder a una pensión mensual de 400 pesos. El ex marido, quien trabaja como mesero, justificó un salario mensual de mil 400 pesos.
Lo peor fue que solo pagó durante unos meses y luego se fue, cambió de estado, cambió de trabajo. No sé qué pasó con élTeresa, madre de 2 niñas
“Mentira, él gana como 8 mil pesos al mes, pero la mayoría de sus ganancias son por las propinas, y aquí lo que hizo fue que pagó con base a su salario fijo, y lo peor no fue eso, sino que solo pagó durante unos meses y luego ya se fue, cambió de estado, cambió de trabajo, no sé qué pasó con él, ya ni los 400 pesos quiso pagar”, lamentó.
Pero el caso de Teresa no es el único, datos del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi) revelan que 15 por ciento de los hogares en el país son mantenidos por una mujer, de los cuales, 97.9 por ciento carece de cónyuge en el hogar.
En materia de pensión alimenticia en México, las cifras señalan que 67.5 por ciento de las madres solteras no reciben una pensión, y que 3 de cada 4 hijos de padres separados no reciben pensión alimenticia. En los pocos casos en que sí la reciben, el Inegi señala que 91 por ciento de los acreedores son los hijos, en 8.1 por ciento son la esposa y los hijos, y en el 0.9 por ciento son los hijos y el esposo.
Aunque no hay cifras sobre las demandas de pensión a nivel nacional, se sabe que en la Ciudad de México se han registrado más de 70 mil juicios en la materia, y en contraste, el Inegi contabilizó, en su último censo al respecto, en 2011, sólo 4 mil 247 pensiones alimenticias en todo el país.
No denunciar por miedo o compasión
El miedo y la compasión son los principales motivos por los que la mayoría de las personas en situación de divorcio o separación, evitar solicitar la pensión alimenticia, aseguró a este rotativo, la socióloga, Ana Cruz Medina.
“Más que un tema legal, es un tema social, muchas de las mujeres que se encuentran en situación de abandono por parte de la pareja, lo hace porque la relación llegó a un ponto de insostenibilidad, la mayoría de las mujeres ya no quieren saber nada del progenitor de sus hijos, ya sea porque les gritaba, o les pegaba, o las daño psicológicamente”, puntualizó.
Otro motivo, detalló la especialista, es el sentimiento de autosuficiencia, “pensar que no necesitan de nadie para salir adelante”.
Cecilia Ayala vende accesorio para celular en un tianguis de Ixtapaluca, en el Estado de México. Tiene tres hijos de 13, 10 y 5 años, respectivamente, y aunque apenas le alcanza para la renta y la manutención de sus pequeños, asegura que no necesita del padre.
Al ser cuestionada sobre la propuesta, dice que no le gustaría ver al progenitor de sus pequeños tras las rejas.
“¿Cárcel?, no, no quisiera que llegue ahí, total, ya he salido adelante sola todos estos años, es más, creo que ni trabajo tiene”, aseveró.
Ana Cruz, explicó que otro de los problemas derivados del impago de la pensión, es que cuando existe una sentencia que no se cumple, los padres no pueden ver a sus hijos, situación que también merma la calidad de vida de los pequeños.
“El pago de la pensión les permite a los padres ver a sus hijos, convivir con ellos, obtener derechos a pasar un fin de semana con ellos, y esa relación afectiva ayuda al sano desarrollo de los menores, quienes sí, por el contrario, no ven a sus padres, pueden desarrollar conductas violentas o cuadros de ansiedad y depresión”, indicó.
La diputada Aguilera advirtió que integrar la figura de impago de la pensión alimenticia al código penal, para que se pueda actuar de oficio, “no busca llenar las cárceles de personas que no cumplen, sino tener un carácter disuasorio, pues tanto el acreedor como el obligado alimentario tendrán pleno conocimiento de que el Delito de Incumplimiento de Obligaciones alimentarias corresponde a pena privativa de la libertad en el Código Penal Federal. De esta forma, se ampliarán las posibilidades para que los afectados puedan hacer valer sus derechos con el respaldo de la autoridad de manera coercitiva y rigurosa en contra de aquellos que incumplan con su obligación”.
Son pocos los casos en los que se ha llevado a la cárcel a quien no pagó la pensión, pero sí existen; en el 100 por ciento de ellos, ven cómo le hacen y de dónde sacan, pero siempre han pagadoOctavio Pérez, integrante del Colegio de Abogados
Al respecto, Octavio Pérez, indicó que, en su experiencia, “son pocos los casos en los que se ha llevado a la cárcel a quien no pagó la pensión, pero sí existen; en el 100 por ciento de ellos, ven cómo le hacen y de dónde sacan, pero siempre han pagado”.
La iniciativa de la legisladora morenista fue presentada ante el pleno de la Cámara de Diputados el pasado 24 de septiembre, y turnada a la Comisión de Justicia para su revisión y en su caso aprobación.
¿Cómo iniciar una demanda de pensión alimenticia?
La demanda debe presentarse ante un juzgado familiar. Los requisitos son actas de nacimiento de los hijos, acta de matrimonio, una lista por escrito de las necesidades del menor (gastos de alimentación, educación, recreación, vivienda, salud, vestuario, movilización, luz, agua, gas, teléfono, etc.), así como información sobre la capacidad económica y patrimonial del demandado.
Si no cumplió con la sentencia, ¿a dónde acudir a reclamar la pensión en vía judicial?
En caso de que ya haya una sentencia de pensión, y el demandado no la cumpla, se puede solicitar la intervención judicial en los Tribunales superiores de cada entidad. En el caso de la Ciudad de México, la sede se encuentra en avenida Juárez número 8, primer piso, colonia Centro, Delegación: Cuauhtémoc.
El horario es de lunes a jueves de 9:00 a 15:00 y viernes de 9:00 a 14:00. El teléfono es el: 55-51-30-47-93