TEPJF desechó los alegatos

Tras desechar quejas de Muñoz Ledo y Polevnsky, TEPJF determina que va la tercera encuesta de Morena

El pleno de la Sala Superior del TEPJF desestimó las quejas por considerar que la encuesta es un ejercicio estadístico y no un proceso de votación mayoritaria

Muñoz Ledo sostenía en su queja que, en las dos encuestas realizadas hasta el momento, se ubica como ganador.
Muñoz Ledo sostenía en su queja que, en las dos encuestas realizadas hasta el momento, se ubica como ganador. Foto: Archivo.

El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) rechazó las quejas de Porfirio Muñoz Ledo y Yeidckol Polevnsky contra los resultados de la segunda encuesta organizada por el Instituto Nacional Electoral (INE).

Por unanimidad de votos, los magistrados del TEPJF validaron los resultados de la encuesta pública abierta para renovar la dirigencia de Morena y confirmó el acuerdo por el que la Comisión de Prerrogativas y Partidos Políticos del INE.

Muñoz Ledo denunció que se vulneró su derecho a ser votado y ejercer el cargo para el cual fue elegido, el diputado quería que se reconociera que había ganado, aunque fuera por una diferencia de apenas 0.1% que provocó que se traslaparan los resultados.

Muñoz Ledo sostenía en su queja que, en las dos encuestas realizadas hasta el momento, se ubica como ganador.

El expresidente de la Cámara de Diputados también alegaba que el INE no estableció reglas claras sobre la tercera encuesta para conocer qué empresas participarán en su realización y omitió establecer mecanismos de acceso a medios de comunicación para los aspirantes, financiamiento con topes máximos de gastos, fiscalización de recursos e impugnación en relación con la promoción personalizada en caso de que participen servidores públicos.

Mientras que Yeidckol Polevnsky alegó que los encuestadores no estaban familiarizados con la pronunciación de su nombre y eso afectó los resultados pues la población no tenía claro si era ella quien contendía por el cargo de presidenta de Morena.

También dijo que en estas encuestas la atención se centró en los candidatos hombres y relegaron a las mujeres.

El pleno de la Sala Superior del TEPJF desestimó las quejas por considerar que la encuesta es un ejercicio estadístico, y no un proceso de votación mayoritaria, entonces no es posible decir que una consulta equivale a un voto.

KA

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