En la Cámara de Diputados las comisiones unidas de Derechos de la Niñez y la Adolescencia y la comisión de Justicia aprobaron con 43 votos a favor el proyecto de ley para prohibir el castigo corporal y trato humillante a los menores de edad como método disciplinario.
Se definió castigo corporal o físico contra niñas, niños y adolescentes a los actos en que se utilice la fuerza física, incluyendo golpes con la mano o algún objeto, empujones, pellizcos, mordidas, tirones de cabello o de las orejas en contra de algún menor.
También se prohibirá obligar a los menores a sostener posturas incómodas, hacerles quemaduras, ingesta de alimentos hirviendo u otros productos y cualquier acto que tenga como fin causar dolor o malestar.
Se tomará como castigo humillante el maltrato psicológico que engloba tratos ofensivos, denigrantes, desvalorizador, estigmatizante, ridiculizador y de menosprecio.
El documento define como violencia familiar el uso intencional de la fuerza física, moral y cualquier acto que tenga como objetivo provocar dolor, molestia, humillación.
El proyecto prohíbe a madre, padre o cualquier persona que ejerza la crianza de niños y adolescentes utilizar el castigo corporal o el trato humillante como método correctivo o disciplinario.
Se establece que los menores tienen derecho a recibir orientación, educación, cuidado y crianza sin ser víctimas del castigo corporal o trato humillante.
Se busca que el dictamen sea en el pleno antes de concluir el actual periodo ordinario de sesiones.