Permite sólo cortes informativos en campañas

Plantea INE suspender mañanera

Lorenzo Córdova, consejero presidente del órgano electoral, admite que criterio debe ser ratificado tras sentencia del Tribunal; desechan alegato de Morena contra spots panistas

Sesión ordinaria semipresencial del INE.
Sesión ordinaria semipresencial del INE. Foto: Cuartoscuro

El presidente del Instituto Nacional Electoral (INE), Lorenzo Córdova, aseveró que las conferencias mañaneras del Presidente Andrés Manuel López Obrador se consideran propaganda gubernamental y bajo ese criterio no se deben transmitir de manera íntegra entre abril y el próximo 6 junio, día de las elecciones.

“Eso quiere decir que de acuerdo con nuestra legislación electoral, que dice que la propaganda se tiene que interrumpir desde que arrancan las campañas y hasta que termina la jornada electoral la transmisión íntegra de las conferencias deberá suspenderse”, indicó el consejero electoral.

Y recordó que en casi todo el país éstos procesos arrancan en tres meses, pero en algunos otros el incio es antes por las elecciones de diputados federales.

Al participar en el foro organizado por el Colegio de México “Las redes del odio en México”, Córdova Vianello comentó que los medios de comunicación pueden transmitir un “corte” de las conferencias en Palacio Nacional, por ser de interés noticioso.

Sin embargo, reconoció que por los criterios vigentes no deben mantenerse íntegras, ya que “la Constitución dice, con todas sus letras, que la propaganda electoral no se puede transmitir durante las campañas, así que ese criterio es el que vamos a aplicar”.

Tendremos que discutir en los próximos días esto y eventualmente si así lo considera la mayoría, vamos a llevarlo al Consejo para que se establezca con toda claridad cuáles con las reglas a las que se van a sujetar todos los funcionarios públicos, es importante que no es una regla para un solo funcionario sino para todos
Dijo Lorenzo Córdova 

Asimismo, indicó que el jefe del Ejecutivo federal como cualquier otro funcionario está obligado, por el artículo 134 constitucional ,a cumplir con el principio de imparcialidad.

El funcionario también reconoció que este criterio deberá ser ratificado, en los próximos días, por el Consejo General en los próximos días cuando se analice la sentencia del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) que ordenó definir la medida cautelar inhibitoria, impuesta por el INE.

En este sentido, Córdova dijo que la medida obliga a todos los funcionarios a no pronunciarse electoralmente, incluido el Presidente, durante el periodo de campaña y que “no viole el mandato de que en su investidura participe o intervenga de alguna manera con comentarios sobre la contienda”.

Previamente, por unanimidad, la Comisión de Quejas del INE desechó la queja de Morena para retirar del aire los promocionales del PAN, pues no son actos anticipados de campaña.

Tras analizar los materiales de radio y televisión “Cambiamos hacia el futuro águila”, en el que el PAN resalta los logros en Baja California Sur, Guanajuato, Tamaulipas y Yucatán, consideró que si bien no están dirigidos a un grupo específico tampoco no son para todos los electores sino para los militantes.

Incluso, señalaron que así como resolvieron dejar el spot de Morena en el que hace referencia a la vacuna anti-Covid, dejarán que Acción Nacional mantenga el promocional en el que compara el trabajo de los gobernadores panistas con el de la Federación ante la pandemia.

Los inconformes todavía pueden impugnar ante la Sala Regional del Tribunal Electoral para que sea esa instancia la que determine en definitiva si los contenidos son válidos o deben ser suspendidos.

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