Requiere 8 votos de ministros

Pleno de la SCJN debe resolver la controversia de Cofece contra la Sener

Para que no quede en el tintero, será el pleno quien atienda el asunto; Cofece acusa a la Secretaría de Energía de obstaculizar sus funciones

El acuerdo de la Sener se concentra en la política para fortalecer la seguridad eléctrica del país.
El acuerdo de la Sener se concentra en la política para fortalecer la seguridad eléctrica del país. Foto: Cuartoscuro

El pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación deberá resolver la controversia interpuesta por la Comisión Federal de Competencia Económica (Cofece) contra la Secretaría de Energía (Sener).

Dicha controversia se interpuso por los acuerdos publicados en el Diario Oficial de la Federación por parte de la Sener en torno a la Política de Confiabilidad, Seguridad, Continuidad y Calidad en el Sistema Eléctrico nacional.

El acuerdo, según la Cofece, obstaculiza las funciones encomendadas a este organismo al anularse presupuestos que deben darse para que exista competencia económica y cancela la posibilidad de entrada al mercado de centrales eléctricas que operan con energía limpia, en concreto a las eólicas y fotovoltaicas, barrera que afectaría a los consumidores de contar con tarifas eléctricas más accesibles.

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La controversia deberá resolverse en el Pleno de la SCJN por tratarse de normas obligatorias, generales y permanentes que requiere al menos de ocho votos de ministros para ser anuladas.

Los capítulos V a VII del acuerdo dictan que la Sener “establecerá la política en materia de eficiencia, calidad, confiabilidad, continuidad, seguridad y sustentabilidad en el Sistema Eléctrico Nacional, incluyendo los criterios para establecer el equilibrio entre estos objetivos”.

En noviembre de 2019, la SCJN indicó que la Cofece reclamó disposiciones generales del Reglamento de la Ley de Aeropuertos; en su momento, 6 de 11 ministros se pronunciaron por la invalidez de diversas normas del reglamento en mención, sin embargo, al no contar con el mínimo de ocho votos, el asunto fue archivado sin que se diera ningún pronunciamiento al respecto.

Bajo este antecedente, se determinó que sea el Pleno de la SCJN quien tome la decisión de invalidar o no las normas que promovió la Sener con el fin de fortalecer la seguridad energética del país.

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