Aumentar ingresos, objetivo

Pensión jubilatoria del ISSSTE debe calcularse en UMA, determina SCJN

La Corte ratificó la reforma constitucional que eliminó al salario mínimo como parámetro para calcular el monto en el pago de diversas obligaciones

Al ser la pensión una obligación del Estado, le resulta aplicable la IMA, determinó la SCJN.
Al ser la pensión una obligación del Estado, le resulta aplicable la IMA, determinó la SCJN. Foto: Pixabay

Con el voto unánime de los ministros, la Segunda Sala de la Suprema Corte determinó que el tope máximo de la pensión jubilatoria otorgada por el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE), se cuantificará con base en la Unidad de Medida y Actualización (UMA).

Al resolver contradicción de tesis 200/2020, la Corte ratificó la reforma constitucional que eliminó al salario mínimo como parámetro para calcular el monto en el pago de diversas obligaciones en materia de impuestos, multas y actividades económicas.

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El ministro ponente Javier Laynez Potisek recordó que la finalidad de dicha modificación fue aumentar los ingresos de los trabajadores con menores remuneraciones, así como las cuotas y aportaciones de seguridad social.

Al ser la pensión una obligación del Estado, le resulta aplicable la Unidad de Medida y Actualización.

Por lo anterior, los ministros de la Segunda Sala concluyeron que, conforme a la Ley del ISSSTE, abrogada, y al artículo Décimo transitorio de la Ley del ISSSTE vigente, el tope máximo de la pensión jubilatoria debe calcularse con base en la UMA.

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