"Si la FGR lo hace, es su responsabilidad"

Rechazan ventilar caso Tamaulipas

El pasado lunes, el presidente AMLO pidió a la Cámara de Diputados dar a conocer el expediente del gobernador de Tamaulipas para que se aclare de qué está acusado

El mandatario estatal (centro, al frente), en San Lázaro, el 24 de febrero. Foto: Cuartoscuro

El diputado Pablo Gómez, presidente de la Comisión Instructora encargada de atender la solicitud de desafuero en contra del gobernador de Tamaulipas, Francisco García Cabeza de Vaca, aclaró que el expediente del caso por el que se solicitó el desafuero del mandatario local no puede hacerse público, tal y como lo pidió el presidente Andrés Manuel López Obrador.

Entrevistado en las instalaciones de la Cámara de Diputados, dijo que hacerlo sería un delito.

“No es posible, no lo permite la ley, los que tienen acceso al expediente lo hacen con sigilo, entonces, hacerlo público no se puede, no solamente porque la ley lo impide y es un delito, sino porque no es el procedimiento”, señaló.

El legislador, no obstante, acotó que si el titular de la Fiscalía General de la República (FGR), Alejandro Gertz Manero, quiere dar a conocer los elementos de la solicitud de desafuero que esta dependencia presentó a la Cámara de Diputados, será un asunto de su responsabilidad.

"Si el fiscal general de la República quiere dar a conocer elementos que están en su petición, en su solicitud, es cosa de él, pero en eso nosotros no nos metemos ni es nuestra responsabilidad", apuntó.

Al explicar el proceso, dijo que desde el lunes pasado que el gobernador fue notificado, empezaron a correr siete días para que declare ante la sección Instructora.

“Si no declara se entenderá que las acusaciones presentadas en su contra él las niega; el que no declara niega, no el que calla acepta, no funciona ese método en absoluto, es al revés”, expuso.

Recordó que la declaración del panista puede ser virtual, opción que se aprobó derivado de la pandemia.

Transcurridos los siete días, la Sección Instructora deberá reunirse y acordar la apertura del periodo de pruebas después de notificar a la Fiscalía el contenido del documento que presente el inculpado.

“En esos 30 días, las partes tienen libertad para contradecir las pruebas presentadas por la Fiscalía, tras lo cual la Sección Instructora deberá evaluar para tomar las decisiones”, detalló.

Finalmente, la Sección Instructora tomará la decisión: “Si se declara la procedencia, se debe enviar al congreso local, es para todos una norma constitucional, está en el artículo 111 de la Constitución”, aseguró.

Sobre la petición de desafuero contra el senador de Chihuahua, Cruz Pérez Cuéllar (Morena), y del diputado del PT, Mauricio Toledo, adelantó que la Sección Instructora ya recibió los alegatos de cada uno.

En el caso de Toledo, señaló que el ex delegado en Coyoacán pidió la nulidad de todas las actuaciones de la Sección Instructora “petición que deberá resolverse definitivamente para abrir el periodo de pruebas”.

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