IFT con facultades para imponer medidas

SCJN confirma validez de tarifas de interconexión aplicadas por Instituto Federal de Telecomunicaciones

El propósito del Instituto de Telecomunicaciones es eliminar barreras a la competencia; impuso tarifas a América Móvil

El Instituto Federal de Telecomunicaciones
El Instituto Federal de Telecomunicaciones

La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación ratificó la legalidad del acuerdo emitido por el Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) que establece las condiciones técnicas mínimas para la interconexión entre concesionarios que operan redes públicas de telecomunicaciones.

Detalló que el artículo 28 constitucional otorga al IFT las facultades para imponer medidas asimétricas en tarifas e infraestructuras de red de telecomunicaciones en el mercado, con el propósito de eliminar eficazmente las barreras a la competencia y la libre concurrencia en el sector.

Los ministros de la Segunda Sala reafirmaron que el instituto es un órgano autónomo que tiene a su cargo la regulación, promoción y supervisión del uso, aprovechamiento y explotación del espectro radioeléctrico, las redes y la prestación de los servicios de radiodifusión y telecomunicaciones.

Durante la sesión de este miércoles, la SCJN confirmó las tarifas de interconexión que el IFT impuso al agente económico preponderante en el sector de las telecomunicaciones, América Móvil.

Apenas el 3 de marzo pasado, la Segunda Sala emitió un fallo a favor del Instituto de Telecomunicaciones respecto a una clasificación de preponderancia en el mercado, con la cual se busca frenar el dominio de dicha empresa propiedad del empresario Carlos Slim Helú.

EGC

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