Tras dichos de AMLO

Inai niega que impugnación de Panaut defienda intereses de telefónicas

El Inai enfatizó que busca proteger los derechos de las personas ante las empresas; afirmó que no se opone a estrategias para disminuir la inseguridad

Inai negó que la impugnación ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación contra el Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil (PANAUT) sea para favorecer a empresas de telefonía.
Inai negó que la impugnación ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación contra el Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil (PANAUT) sea para favorecer a empresas de telefonía.

El Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (Inai) negó que la impugnación ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación contra el Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil (Panaut) sea para favorecer a empresas de telefonía.

En un comunicado, el Inai enfatizó que busca proteger el interés de las personas y la defensa de sus derechos, precisamente en contra de empresas de telecomunicaciones ante las denuncias presentadas por la ciudadanía por la vulneración de sus datos personales.

El organismo autónomo publicó este pronunciamiento luego de que el presidente Andrés Manuel López Obrador señaló que protegía los intereses de las telefonías con la decisión de impugnar ante la SCJN.

El 27 de abril, el pleno del Inai acordó interponer la acción de inconstitucionalidad en contra de la reforma a la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión (LFTyR), que contempla la entrega de datos biométricos para ser titular de una línea telefónica.

Al respecto, afirmó que no se opone ni es contraria a la implementación de estrategias para disminuir la inseguridad, sin embargo aseveró que no puede evitar la intervención en el marco de las leyes vigentes cuando dichas garantías se vean vulneradas, como en el caso del padrón de datos biométricos.

El organismo argumentó que en la reforma no se especifica quiénes van a recabar los datos biométricos, bajo qué medidas de seguridad se efectuará ese procedimiento y qué tratamiento se le va a dar a esta base de datos.

En tanto, apuntó que esta acción está prevista en el artículo 105 de la Constitución con la finalidad de que el Instituto pueda interponer una acción de inconstitucionalidad cuando advierta que alguna norma vulnera o pone en riesgo los derechos de la población.

Hasta este año, el Inai realizó 24 procedimientos de imposición de sanciones en contra de diversas empresas de telecomunicaciones por infringir la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares (LFPDPPP), los cuales derivaron en multas por un total de 55 millones 574 mil 189 pesos.

El Instituto también inició 109 procedimientos de protección de derechos y 21 de verificación en contra de empresas de telefonía que violaron la LFPDPPP.

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