Se suma a una acción similar del Inai

IFT interpone controversia contra Panaut

El organismo regulador argumenta que decisión para que instale, opere, regule y mantenga el Panaut invade su esfera de competencia; no hay recursos asignados para ponerlo en marcha, afirma

La creación del Panaut todavía es incierta.
La creación del Panaut todavía es incierta.

El Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT), presentó una controversia constitucional en contra de la creación del Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil (Panaut), que forma parte de las disposiciones que se reformaron y añadieron en la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, las cuales obligan a las personas que posean alguna línea telefónica a proporcionar sus datos personales y biométricos a compañías del sector.

La controversia fue presentada por Adolfo Cuevas Teja, comisionado presidente del órgano regulador autónomo, al argumentar que el IFT no cuenta con los recursos para cumplir el mandato legislativo de poner en marcha el registro del padrón con cargo a su presupuesto.

"Para el IFT, este ordenamiento legal contraviene su autonomía presupuestal, consistente en llevar a cabo la planeación y ejercicio de los recursos que considera necesarios de forma autónoma, eficaz y oportuna en el marco de sus competencias", agregó el regulador.

El presupuesto asignado al IFT para 2021 es de mil 510 millones de pesos y si bien puede realizar adecuaciones, destacó que éstas no deben poner en riesgo el cumplimiento de sus metas y objetivos, calendarizadas por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP).

“Ni en la planeación presupuestal ni en el presupuesto hay recursos asignados para poner en marcha el Panaut, al ser éste último una obligación reciente de gasto generada durante el ejercicio en marcha”, agregó.

Consideró que la decisión del Congreso de la Unión para que sea el que instale, opere, regule, y mantenga el Panaut, afecta e invade su esfera competencial respecto a sus atribuciones regulatorias y de garante de derechos humanos, ya que le impide cumplir con su objeto constitucional, toda vez que le obliga a implementar un modelo regulatorio que condiciona el acceso a los servicios de telecomunicaciones y la posible cancelación de líneas telefónicas móviles.

Además, se le obliga a emitir las disposiciones administrativas de carácter general para la debida operación del Panaut, en términos contrarios al objeto para el cual fue creado. Recordó que es un órgano autónomo que ve por el desarrollo eficiente de la radiodifusión y las telecomunicaciones, independiente en sus decisiones y funcionamiento, así como con la facultad de ejercer su presupuesto de forma libre.

El IFT no es el único organismo que interpone este tipo de controversias. Hace dos semanas, el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (Inai) también presentó una acción de inconstitucionalidad ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) contra el Panaut.

El instituto expuso que la entrada en vigor de la reforma, que obligaría a 122 millones de usuarios de telefonía móvil a entregar sus datos personales “es una violación” al derecho a la vida privada y protección de información de cada persona, entre otras acusaciones.

Temas: