Elecciones 2021

TEPJF confirma multa a 32 concesionarias que promovieron a Alfonso Durazo fuera de tiempo

El PRI denunció que Alfonso Durazo hizo uso indebido de la pauta e incurrieron en actos anticipados por difundir promocionales fuera de tiempo; TEPJF impone multa de un millón 91 mil 731 pesos

Alfonso Durazo, gobernador electo de Sonora.
Alfonso Durazo, gobernador electo de Sonora. Foto: Especial.

El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó que 32 concesionarias de radio y televisión de Sonora promovieron fuera de tiempo al ahora gobernador electo Alfonso Durazo Montaño.

La Sala Superior ratificó la resolución de la Sala Regional Especializada, que concluyó que las concesionarias difundieron fuera del plazo legal los spots denominados “Vamos con más esperanza”, “Los sonorenses somos esperanza” y “Spot3_Radio”.

El PRI denunció que Durazo Montaño y Morena hicieron uso indebido de la pauta e incurrieron en actos anticipados por difundir los tres promocionales en televisión y uno en radio durante el periodo de intercampaña.

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Después de seguir la ruta jurídica en el Instituto Nacional Electoral, el 2 de junio, la Sala Regional Especializada determinó que eran inexistentes las infracciones atribuidas a Morena y a Durazo, pero atribuyó la falta a 32 concesionarias de radio y televisión, por lo que les impuso una multa total de un millón 91 mil 731 pesos.

Seis concesionarias impugnaron el fallo, pero la Sala Superior del TEPJF concluyó que está acreditada la difusión fue de la temporalidad establecida, por lo que señaló que las concesionarias incumplieron con sus obligaciones, lo que, a su vez, generó un beneficio para el entonces candidato Alfonso Durazo Montaño.

Durante la sesión pública, los magistrados electorales también ratificaron, por unanimidad, la sentencia de la Sala Regional Especializada en la que se determinó que el entonces candidato de Movimiento Ciudadano al gobierno de Sonora, Ricardo Bours, no calumnió a Durazo Montaño con los spots en los que refirió que tenía supuestos vínculos con el narcotráfico.

Los integrantes de la Sala Superior precisaron que la expresión “no tengo nexos con el narco como Durazo”, utilizada en los promocionales, no puede considerarse como la imputación de un delito en concreto, requisito para que fuera catalogado como calumnia, además de que dicha frase representó una opinión amparada por la libertad de expresión.

Por otra parte, el TEPJF confirmó los acuerdos del INE que establecieron los horarios y franjas de transmisión de promocionales de las autoridades electorales y los partidos políticos, correspondientes al segundo semestre de 2021.

El instituto determinó que los 12 y nueve impactos diarios correspondientes a concesionarios de radio y televisión comercial, respectivamente, fueron repartidos en tres franjas de horarios.

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